El Supremo confirma la absolución de Otegi por el mitin de Anoeta
La sentencia se conocerá en los próximos días y cuenta con dos votos particulares
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha desestimado esta mañana el recurso del fiscal contra la absolución de Arnaldo Otegi. El alto tribunal confirma así la sentencia de la Audiencia Nacional del pasado diciembre, en la que absolvía al exportavoz de Batasuna por un delito de enaltecimiento del terrorismo durante su intervención en un mitin en el Velódromo de Anoeta (San Sebastián) el 14 de noviembre de 2004.
La Audiencia Nacional decidió absolver a Otegi por entender que existían "serias dudas” de que Otegi, Joseba Permach y Joseba Alvarez exhibieran fotos de etarras y repartieran propaganda de ETA durante el mitin. La sentencia se hará pública en los próximos días.
Dos de los cinco magistrados que integran la Sala han anunciado que emitirán voto particular respecto de la decisión de la mayoría. La Sala, que deliberó durante dos horas, está presidida por el magistrado Julián Sánchez Melgar e integrada por los jueces Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela, Manuel Marchena y José Manuel Maza, que se ocupa de la ponencia del caso.
Existían "serias dudas" de que Otegi, Permach y Álvarez exhibieran fotos de etarras y repartieran propaganda de ETA
En su día, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional señaló que durante el mitin de Anoeta el portavoz de Batasuna no ensalzó a la banda, sino que defendió "la conveniencia y necesidad de un proceso de diálogo y negociación para la resolución del conflicto de manera pacífica y democrática".
El Supremo también ha confirmado las absoluciones que se acordaron en la misma causa respecto a Joseba Permach y Joseba Álvarez. La Audiencia Nacional dictaminó que no fueron "autores concretos" de la exhibición de imágenes de etarras durante el acto y de la distribución de propaganda de la organización terrorista.
Durante la vista, el fiscal, que pedía 18 meses de prisión, ha hecho mención a las palabras proferidas por Otegi en el sentido de que "es más difícil hacer la paz que la guerra" y que era "justo" tributar "un homenaje a los caídos". En su opinión, el demandado recordó entonces a una "gran parte de etarras ya fallecidos". Según él esta expresión prueba que existía "una complacencia" con los delitos anteriores y que Otegi "se unió a ese homenaje tributado anteriormente". Por todo ello, el fiscal entiende que Otegi, Álvarez y Permach "promovieron, organizaron e intervinieron" en el mitin y "asumieron ese contenido enaltecedor".
Por su parte, la defensa ha asegurado que sus representados no tenían "en absoluto una voluntad enaltecedora" sino que pretendían presentar "una propuesta de paz para llevarse a cabo por vías políticas y pacíficas". Además, la letrada ha subrayado que sus clientes desconocían que se iba a proyectar un vídeo con imágenes de terroristas y que Otegi "en ningún momento habló de caídos", sino del "agradecimiento a militantes abertzales, concejales y todos aquellos que han gestionado los Ayuntamientos".
Los dirigentes de Batasuna admitieron ante la Audiencia Nacional su participación en el acto político y defendieron que no tuvieron responsabilidad ninguna en su diseño y que incluso ignoraban el contenido del mitin. De esta forma, los tres aseguraron que su finalidad no era "homenajear a ETA" sino "presentar una propuesta de paz".
Por su parte, Iñigo Iruin, en defensa de Joseba Álvarez, ha destacado la "rotundidad" de la sentencia absolutoria dictada por la Audiencia Nacional. Tras ello, el letrado se ha dirigido al Tribunal Constitucional para presentar una demanda de amparo en contra de la decisión del Supremo de prohibir la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.
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