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Un juez otorga prisión domiciliaria a Brenda Quevedo, después de 15 años sin sentencia

La mujer, que fue torturada y violada durante su estancia en la cárcel, está acusada del secuestro de Hugo Alberto Wallace, hijo de Isabel Miranda. Hace cuatro años que la ONU había pedido su liberación inmediata

Brenda Quevedo en una fotografía difundida en redes sociales.
Brenda Quevedo en una fotografía difundida en redes sociales.Solidaridad a B. Q.
Beatriz Guillén

Después de 15 años sin sentencia en cárceles mexicanas, Brenda Quevedo podrá seguir su proceso en arraigo domiciliario. Un juez de distrito ha determinado el cese de la prisión preventiva, después de que un tribunal colegiado haya considerado que es “una medida excepcional” sobre la que ya “no existe una necesidad actual y real para que continúe”. Quevedo fue detenida en 2007 en Kentucky, Estados Unidos, y extraditada a México en septiembre de 2009, como una de las acusadas del polémico secuestro de Hugo Alberto Wallace, hijo de Isabel Miranda de Wallace. Durante este tipo en prisión, Quevedo ha sido torturada y violada por funcionarios de seguridad, en dos ocasiones. Hace ya cuatro años que el grupo de trabajo de la ONU había exigido su liberación inmediata.

La Defensoría Pública Federal ha comunicado este martes el cambio de medidas cautelares para Brenda Quevedo. El juez Primero de Distrito de Procesos ha impuesto prisión domiciliaria, vigilada por la Policía Federal Ministerial; el uso de localizador electrónico; la prohibición de salir sin autorización judicial de la zona conurbada de Ciudad de México ni del país, además de la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima indirecta o a su domicilio. A cambio, Quevedo podrá abandonar el Cefereso 16, la única cárcel federal de mujeres de México, donde las brutales condiciones han ocasionado una ola de suicidios entre las reclusas.

Esta decisión es un éxito para sus defensores. “Consideramos que la prolongación del plazo para ser juzgada y de la prisión preventiva por más de 15 años a la que estuvo sujeta, no es razonable y, por el contrario, resulta excesiva”, ha señalado la Defensoría Pública Federal, que lleva su caso desde 2019. El cambio de medida viene del Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Primer Circuito, en la causa 176/2022 con fecha del 21 de junio, en la que se determinó que “no se justifica la prolongación de la prisión preventiva, ya que los factores que en su momento la justificaron han variado con el transcurso el tiempo”.

Brenda Quevedo fue detenida el 28 de noviembre de 2007 en Estados Unidos. Estaba acusada de privación de la libertad y delincuencia organizada por el presunto secuestro de Hugo Alberto Wallace, sucedido el 12 de julio de 2007. Quevedo fue señalada como integrante de una supuesta banda en una declaración obtenida bajo tortura a Juana Hilda González Lomelí. Una gota de sangre, encontrada siete meses después del presunto crimen en la casa de González, sirvió para mantener a flote la acusación. A pesar de las irregularidades, Quevedo fue extraditada el 25 de septiembre de 2009 a Ciudad de México.

En una sala del aeropuerto de la capital recibió las primeras amenazas, tras negarse a aceptar “un trato” para declararse culpable. Fue trasladada al penal de Santiaguito, en Almoloya de Juárez (Estado de México). Dos días después de su llegada, con la excusa de ir a una audiencia, fue sacada de su celda y llevada a una sala donde la esperaban tres policías con pasamontañas. Durante una hora y media fue brutalmente torturada: esposada, asfixiada con una bolsa y destrozada a golpes. El objetivo: que se declarara culpable. Quevedo denunció las torturas a las que había sido sometida ante la dirección del penal, por medio de un amparo, y ante la Fiscalía especializada en delitos contra servidores públicos. Todas fueron desestimadas.

De forma arbitraria y sin avisar a su familia fue trasladada en octubre de 2010 al penal de máxima seguridad de Islas Marías, en Nayarit, pensado para mujeres ya sentenciadas y conocido como el Alcatraz mexicano. Allí el 12 de octubre fue sacada del penal y conducida a una vivienda en construcción, donde estuvo horas. “Había una cobija sucia en el piso y se escuchaba el mar”, relató Quevedo, que señaló que estuvo ahí hasta que se quedó dormida. Cuando ameneció aparecieron cinco o seis hombres encapuchados. “Le vendaron los ojos, la envolvieron en una cobija y encima de esta pusieron cinta canela; la tiraron al piso boca arriba y le quitaron los zapatos y las calcetas envolviéndole los dedos gordos de los pies en un alambre”, recoge la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Lo que sigue son descargas eléctricas, agresiones sexuales y asfixias con agua.

Grabó una confesión. Un comandante la llevó de vuelta al penal, donde la aislaron. A la semana la llevaron al médico porque sufría sangrado vaginal, dolor abdominal y cervical, y tenía un absceso en el seno derecho: la doctora le dio naproxeno, según consta en la recomendación de la CNDH. Estuvo cuatro meses en esa celda incomunicada de forma absoluta. En cuanto salió amplió su denuncia por torturas.

Sin embargo, en junio de 2011, la antigua Procuraduría General de la República (PGR) —cuyos elementos estaban denunciados por participar en las torturas— dictó el no ejercicio de la acción penal en todas las indagatorias, al considerar que “las lesiones de Brenda Quevedo tardaban en sanar menos de 15 días, por lo que no podrían ser consideradas como tortura”. Sus abogados presentaron informes psiquiátricos de las consecuencias de estas violaciones, que fueron desestimados. Trataron de que se le practicaran las pruebas del protocolo de Estambul, pero el juez imponía que fuera personal de la PGR quien se las hiciera. Finalmente se lo hacen de forma independiente en 2022, es decir, 13 años después de la primera de las torturas.

El dictamen señala: “Pese a no presentar huellas físicas visibles que pudieran relacionarse con los hechos de tortura descritos (ello debido a la temporalidad en que ocurrieron), sí presenta secuelas psicológicas detectadas en personas que han sido objeto de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes”, como estrés postraumático, alteración del sueño y la alimentación, hipervigilancia, disminución de autoestima, alteración de la alimentación, desconfianza, sentimientos de humillación por razones de género, miedo a situaciones con hombres, temor de daño a su integridad o de su familia, trastorno de ansiedad y depresión. El Gobierno de México nunca ha refutado las declaraciones por tortura de Brenda, ni siquiera ante la documentación que tuvo que enviar a la ONU.

En 2020, el Grupo de Trabajo sobre detenciones arbitrarias de la ONU se posicionó sobre el caso y resolvió sin ambigüedades: “La demora en el enjuiciamiento de la señora Quevedo Cruz es inaceptablemente larga. La prisión preventiva debe ser la excepción y no la regla, y toda persona detenida por un delito tiene derecho a ser juzgada en un plazo razonable o a ser puesta en libertad”. El grupo considera el retraso “excesivo” y que “no puede justificarse bajo ninguna circunstancia”: “El Grupo de Trabajo concluye que las violaciones al derecho a un juicio justo son de tal gravedad que otorgan a la detención un carácter arbitrario”.

La ONU exigió al Gobierno de México la “liberación inmediata y otorgarle el derecho exigible a una indemnización y otras reparaciones”. Cuatro años después, un tribunal ha accedido, al menos, a cambiarle la medida cautelar. Brenda Quevedo podrá dejar el Cefereso 16 en las próximas horas.

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Sobre la firma

Beatriz Guillén
Reportera de EL PAÍS en México. Cubre temas sociales, con especial atención en derechos humanos, justicia, migración y violencia contra las mujeres. Graduada en Periodismo por la Universidad de Valencia y Máster de Periodismo en EL PAÍS.
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