El ministro Alberto Pérez Dayán propone invalidar la primera parte del “plan B” electoral del Gobierno
El ministro de la Suprema Corte considera que los legisladores aprobaron sin discutir las reformas electorales del Ejecutivo e incurrieron en violaciones graves al proceso legislativo
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Alberto Pérez Dayán ha elaborado un proyecto de sentencia en el que propone invalidar en su totalidad las reformas a dos leyes que forman parte del “plan B” electoral impulsado el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador. El proyecto, que ha dado a conocer el portal Aristegui Noticias, señala que hubo violaciones graves al proceso legislativo por el que se aprobaron en el Congreso las modificaciones a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las primeras en ser impugnadas ante el Supremo por legisladores de la oposición, partidos políticos y el Instituto Nacional Electoral (INE). El pleno de la Corte resolverá en pocos días el proyecto del ministro Pérez Dayán. Se requiere del voto de al menos ocho ministros para que el Supremo invalide las normas revisadas. Las otras cuatro reformas que integran el llamado “plan B”, y que también han sido impugnadas, son analizadas por otro ministro, Javier Laynez, que deberá hacer el proyecto correspondiente para proponerlo a sus colegas. Es previsible que este comparta el mismo razonamiento de las violaciones al proceso legislativo aducido por Pérez Dayán.
El “plan B” es un paquete de reformas a leyes secundarias impulsado por el Ejecutivo y que fue aprobado por la mayoría en el Congreso de Morena y sus aliados del Partido Verde y el Partido del Trabajo, a pesar del férreo rechazo de las fuerzas políticas en el espectro de la oposición. Se le bautizó como “plan B” desde el oficialismo porque fue una alternativa al proyecto original —el “plan A”—, consistente en una reforma constitucional de gran calado que proponía, entre otras cosas, remover a todos los integrantes del INE y el Tribunal Electoral y que los legisladores fueran elegidos mediante listas estatales. El oficialismo no pudo construir las mayorías calificadas que se requieren para las reformas constitucionales —se necesita del voto de dos terceras partes del Congreso— y optó por modificar leyes secundarias con su mayoría simple. Morena y sus aliados recurrieron a esa aplanadora legislativa para aprobar en cuestión de horas, sin someterlas a debate con la oposición, las iniciativas enviadas por López Obrador.
Los actores que impugnaron la primera parte del “plan B” señalaron que las reformas favorecen que los funcionarios gubernamentales usen recursos públicos para promover su imagen (prohibido actualmente por la Constitución) y que ello desequilibra la contienda electoral. El INE advirtió por su parte de que los cambios legales merman su autonomía y capacidades para organizar los comicios de este año —en los que se renovarán las gubernaturas de dos Estados— y de 2024, cuando se llevarán a cabo unas elecciones presidenciales y legislativas sin precedentes. El proyecto de sentencia del ministro Pérez Dayán valida que se violó el proceso legislativo y se vulneró el principio de deliberación informada y democrática, por lo que considera innecesario entrar al debate sobre la constitucionalidad o no de las reformas electorales, de acuerdo con lo publicado por Aristegui Noticias.
Existen dos violaciones al proceso legislativo señaladas por el ministro Pérez Dayán. La primera: la iniciativa del Ejecutivo que se había publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados no fue la misma que se presentó para su aprobación en la sesión del 6 de diciembre de 2022. La razón: que Morena modificó levemente el proyecto original del Ejecutivo a fin de “hacerlo suyo” y poder introducir una “dispensa de trámites”, es decir, procesarlo de manera urgente, sin análisis de comisiones legislativas. El proyecto del ministro sostiene además que el Ejecutivo ya no estaba en posibilidad de enviar al Congreso iniciativas preferentes —se deben presentar el día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones—, por lo que brincarse el proceso legislativo no estaba justificado. La segunda irregularidad fue cometida por el Senado, que fungió como cámara revisora y donde la Comisión de Gobernación sesionó en solitario y aprobó un dictamen sin la presencia de la Comisión de Puntos Legislativos, lo que violó el reglamento interno del Congreso.
“El Decreto impugnado fue aprobado en transgresión al principio de deliberación democrática, ya que no es el resultado del debate que debe existir en todo órgano legislativo, es decir, la tramitación como de urgente u obvia resolución en la Cámara de Diputados, y las irregularidades cometidas en Comisiones de la Cámara de Senadores, impidió su conocimiento, la deliberación democrática real, cualitativa y de fondo”, dice el proyecto de Pérez Dayán, de acuerdo con el portal de noticias. El pasado 24 de marzo, el ministro Laynez concedió una suspensión para que las modificaciones legales del “plan B” no se aplicaran sino hasta que él elaborara su proyecto y los ministros resolvieran si son constitucionales o no. Con esta decisión, el INE, órgano autónomo encargado de organizar y garantizar las elecciones en México, puede conservar sus funciones y estructura institucional por tiempo indefinido.
Presidencia exige sancionar filtración
Horas después de que se difundiera en medios el contenido del proyecto de Pérez Dayán, la Presidencia de la República, a través de su Consejería Jurídica, condenó la filtración, acusó a la Suprema Corte de actuar parcialmente y exigió que se emprenda una investigación interna. “¿Quién es responsable de resguardar la información de un expediente judicial en trámite ante el alto tribunal? ¿Con qué intención alguien de la SCJN filtró a un medio de comunicación, en exclusiva, un proyecto de sentencia tan relevante? ¿A cambio de qué se entregó la información reservada? La filtración de información ¿afecta o no el principio de imparcialidad de los demás jueces constitucionales? ¿Es causa de responsabilidad grave la divulgación indebida de esta información? Son cuestionamientos que la SCJN debe responder al pueblo de México”, indicó la Consejería Jurídica en un comunicado.
La oficina que asesora legalmente al presidente López Obrador agregó que la filtración del proyecto no es un acto de transparencia, sino de irresponsabilidad, pues el mismo aún se encuentra en trámite y no ha sido incluido en la lista oficial de asuntos por resolver en el pleno, además de que el resto de los ministros desconocían el contenido del documento hasta su publicación en medios. La Consejería Jurídica acusó que con la filtración se violó el Código de Ética del Poder Judicial, la Ley General de Transparencia y el Código Penal Federal. “Los jueces no solo hablan por sus sentencias, sus actos también demuestran su talante republicano y el respeto al Estado de Derecho como servidores públicos; por esta razón, se espera que la SCJN inicie, de oficio, la investigación interna que corresponda a efecto de deslindar responsabilidades y evitar, en futuros casos, este tipo de conductas ilegales”, señaló.
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