El fujimorismo se topa con una pared: el tribunal electoral entra en la fase final para determinar un ganador en Perú
Acabadas de revisar todas las apelaciones, se tendrá que señalar a un vencedor. Catedráticos en Derecho Constitucional coinciden en que no es posible desde la justicia ordinaria revocar el resultado en las urnas
El proceso de revisión de la victoria en las urnas de Pedro Castillo en Perú se encuentra en su última fase, en un punto de no retorno. No hay espacio a más apelaciones. El dictamen del tribunal electoral que ha empezado este martes a repasar las anulaciones presentadas por la candidata Keiko Fujimori será el paso previo a la proclamación de un vencedor. En una estancia anterior todas esas anulaciones que propone la candidata han sido desestimadas al no haberse probado el supuesto fraude al que alude.
La revisión puede alargarse dos semanas más, según los expertos consultados. Un mes en total desde el domingo 6, el día de la votación. Una rareza, dado que nunca en año electoral se había llegado al mes de julio sin haber declarado ganador a uno de los dos candidatos. Pero es que este escenario nunca se había presentado hasta ahora. Ningún político había tratado de desestimar una cantidad semejante, 200.000 votos. Todo eso ha retardado el horizonte presidencial de un país que ha vivido un lustro convulso. La nación ha tenido cuatro presidentes distintos en ese tiempo.
El partido de Fujimori, Fuerza Popular, ha maniobrado para declarar nulos los comicios. Ha habido intentos de que actúe la justicia ordinaria y se llame a unas nuevas elecciones. La diferencia entre Castillo y Fujimori fue de apenas 40.000 votos. “En la Constitución peruana se establece expresamente que no se puede acudir al sistema judicial ordinario para actuar sobre el proceso electoral en curso. También se establece que las resoluciones en materia electoral que emita el jurado nacional de elecciones son inapelables, no hay otra instancia más allá”, explica Iván Lanegra, secretario general de Transparencia, un organismo especializado en observación electoral.
Acabada la revisión de las nulidades, todo se precipitará. “Es muy rápido. Una vez los recursos atendidos, ya es solo formalizar los resultados. No hay ninguna otra opción ni nada que pueda interponerse”, ahonda. Lanegra lleva décadas siguiendo los procesos electorales en Perú. Su opinión es clara: “No hay ningún indicio de fraude. Nosotros hemos estado en los 27 distritos electorales y no hemos encontrado nada que pueda acercarse a un fraude. Nada”.
Políticos de derecha y militares en retiro que respaldaron la campaña de Keiko Fujimori han pedido anular lo que se votó. En paralelo, la tres veces candidata ha pedido un hábeas data para acceder a los padrones electorales que contienen las firmas de miembros de mesas y otros datos personales, insistiendo en sus alegaciones de que hubo “falsificación de firmas” en ciertas mesas de votación donde perdió. El viernes un abogado afín a ese sector político, el exmagistrado supremo Javier Villa Stein, presentó una acción de amparo para pedir la organización de nuevos comicios, alegando “vicios en el proceso” que no describe ni prueba.
Según las normas peruanas, después de que el pleno del tribunal electoral (Jurado Nacional de Elecciones) resuelve las apelaciones de peticiones de nulidad, informa al organismo oficial que realiza el escrutinio si hubo o no votos anulados, este ajusta el cómputo final y -con la cifra final de papeletas- proclama al ganador de las elecciones, y el 28 de julio asume el mando. Otras instancias judiciales no pueden interferir con la justicia electoral, insisten los expertos.
La profesora de derecho constitucional Milagros Campos recuerda que el Jurado Nacional de Elecciones tiene la competencia exclusiva de administrar justicia en materia electoral. “El Tribunal Constitucional ha establecido que en ningún caso la interposición de una demanda de amparo contra él suspende el calendario electoral, el cual sigue su curso inexorable”.
Campos, quien fue miembro de la Comisión de Reforma Política en 2019 e integra la Asociación Peruana de Derecho Constitucional, precisa que puede interponerse un recurso si se afectan derechos fundamentales (incluyendo derechos políticos). “Pero no se afecta el calendario que incluye la proclamación de resultados”, añade.
Sobre este tema, el catedrático César Landa, exmagistrado del Tribunal Constitucional, indicó a este diario que en dicha instancia existe la figura del ‘amparo electoral’, aunque con limitaciones. “No puede alterar la voluntad popular expresada en las urnas”.
El especialista en derecho constitucional detalla que, según la jurisprudencia de la corte constitucional, incluso cuando un proceso de amparo fuera declarado fundado si alguna de las etapas del cronograma electoral ya concluyó, “no se puede reponer las cosas al estado anterior de la violación, sino que el ente electoral en el futuro deberá aplicar la norma electoral conforme a lo interpretado por el Tribunal Constitucional”.
Eso ocurrió hace una semana cuando los abogados de la candidata pidió que el tribunal electoral aceptara sus peticiones de nulidad después de que había vencido el plazo para dicho trámite. El pleno del Jurado Nacional de Elecciones se basó en una resolución de la corte constitucional para referir que los “los procesos electorales ostentan plazos perentorios y preclusivos”, y por eso no podía reabrir la admisión de solicitudes como los abogados de Fuerza Popular planteaban.
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