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Un tribunal condena a Noruega por trato inhumano a Breivik

El aislamiento del asesino ultraderechista viola la Convención Europea de Derechos Humanos, según la justicia noruega

Un tribunal de primera instancia de Oslo ha condenado al Estado noruego por tratar de forma inhumana en prisión al ultraderechista Anders Behring Breivik, autor de los atentados de 2011, en Noruega en los que murieron 77 personas.

La sentencia considera que el régimen de aislamiento al que está sometido Breivik desde hace casi cinco años viola el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que prohíbe la tortura y el trato inhumano o denigrante; pero no el artículo 8, que se refiere al respeto a la vida privada y la correspondencia. Para justificar la condena, el fallo menciona la duración del aislamiento, la falta de base para esa medida, las limitadas posibilidades de queja y las pocas iniciativas para compensarlo.

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Breivik fue condenado a 21 años prorrogables de forma indefinida por hacer estallar en el complejo gubernamental de Oslo el 22 de julio de 2011 una bomba, que mató a ocho personas. Justo después se trasladó en coche a la isla de Utoya, al oeste de la capital, donde perpetró una matanza en el campamento de las Juventudes Laboristas, donde murieron otras 69 personas.

"El tribunal ha hecho hincapié en que no se ha tenido en cuenta de forma suficiente su estado de salud mental al establecer el régimen de condena", consta en la sentencia. Los rutinarios cacheos desnudo a los que fue sometido durante meses y los controles sin aviso no se justifican por motivos de seguridad, considera el tribunal, que concluye que tomando todas las restricciones de forma conjunta "deben ser consideradas como un trato denigrante en el sentido de la convención".

El Estado noruego queda absuelto sin embargo del otro artículo por el que había sido denunciado por Breivik, porque cuando el estricto control de las comunicaciones está motivado por la lucha contra el terrorismo o su prevención, aquel debe tener "cierto margen discrecional", aunque ello afecte a las relaciones privadas.

La condena implica que el Estado deberá sufragar las 330.937,50 coronas noruegas (35.718 euros) en concepto de costas de los representantes legales de Breivik en el proceso civil celebrado el mes pasado en la cárcel de Skien (al sur de Oslo), donde el ultra ha pasado los últimos dos años de condena.

Durante el juicio, la defensa de Breivik sostuvo que el régimen al que está sometido no cumplía los estándares mínimos, ni por su duración ni por la dimensión del encierro, que impide el contacto con otros reos y reduce al mínimo las visitas, que no puede elegir.

"Fragilidad mental"

La defensa apeló también a la "fragilidad mental" del ultra noruego, que a su entender se mostró "confuso" en el juicio. Breivik contaba a su favor con un informe de hace unos meses del Defensor del Pueblo noruego, que advirtió de los riesgos de que sufra daños y trato inhumano, lo que provocó que se introdujeran algunas modificaciones en el régimen de aislamiento.

Los fiscales del Estado negaron en cambio que ese régimen suponga trato inhumano y justificaron el control de las comunicaciones por motivos de seguridad, además de acusar a Breivik de burlarse del tribunal por hacer un saludo nazi en la primera vista.

Las declaraciones de psiquiatras y otro personal médico que testificaron en el proceso reforzaron la tesis de la Fiscalía, que calificó a Breivik de ser un "narcisista alterado ideológicamente".

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