Pena máxima para un conductor que mató a un motorista
El hombre conducía en estado de ebriedad y rebasó la doble línea continua colisionando con una motocicleta
Un juzgado de Barcelona ha condenado a la pena máxima de cuatro años de prisión que prevé el Código Penal por un delito de homicidio imprudente a un conductor ebrio que invadió el carril contrario de una céntrica calle de la capital catalana y provocó la muerte de un motorista al colisionar frontalmente. La sentencia también condena a Mario Hernán Navarro Spelucin a cinco años de privación del carné y a indemnizar con 113.029 euros a los familiares de la víctima.
Los hechos ocurrieron a las 2 horas del pasado 12 de abril, en el paseo de Gràcia de Barcelona, en el corazón de la ciudad. A la altura del cruce con la calle de Rosselló, el vehículo que conducía rebasó la doble línea continua, invadió el carril contrario y colisionó frontalmente con una motocicleta, "correctamente conducida" por su propietario, dice la sentencia. El acusado se ausentó del lugar en taxi y regresó al cabo de unos minutos con su esposa para retirar el vehículo y argumentando que era ella la conductora. Los testigos del siniestro, sin embargo, reconocieron al hombre y fue detenido. Tenía una tasa de alcohol de 0,91 y 0,92 miligramos por litro de aire espirado, que supera ampliamente la cantidad a partir de la cual se considera delito (0,60 miligramos). El conductor de la motocicleta falleció cuatro horas después del accidente tras sufrir politraumatismo, fractura de pelvis y sangrado de la arteria ilíaca.
Durante el juicio por el caso, el conductor del vehículo responsabilizó al motorista del accidente y llegó a afirmar que el siniestro se produjo porque hubo de esquivar a otra motocicleta. La sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Barcelona, le absuelve del delito de omisión del deber del socorro y de acusación falsa.
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