Condenan en Madrid a una auxiliar de enfermería de una residencia por darle a Julián la medicación de Juliana y provocar su muerte
La sentencia la condena como autora de un delito de homicidio, por imprudencia profesional grave

El Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid ha condenado a una auxiliar de enfermería por el fallecimiento de un anciano al que suministró la medicación de otra paciente que sufría una patología de esquizofrenia. La sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press condena a la auxiliar como autora de un delito de homicidio, por imprudencia profesional grave. La pena es de 6 meses de prisión y 1 año y 6 meses de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión.
Fue el 18 de julio de 2018 cuando la condenada, auxiliar de enfermería en la Residencia de Mayores Reina Sofía, confundió los nombres de los pacientes y procedió a suministrar medicación ansiolítica y antidepresiva a un residente al que no le correspondía. La medicación, en realidad, era para otra residente con una patología de esquizofrenia.
La residencia había realizado dos controles previos para confirmar que los fármacos se encontraban bien ubicados en su cajetín, pero la condenada, al retirarlos, confundió los nombres de los residentes y administró erróneamente la medicación de Juliana a Julián. A continuación, al comprobar que el paciente se encontraba somnoliento, procedieron a trasladarle al Servicio de Urgencias del Hospital Puerta del Hierro de Majadahonda, donde falleció ese mismo día.
Dada la gravedad de la negligencia y del resultado, el Hospital procedió a comunicar los hechos al Juzgado de Guardia de Majadahonda, que, inmediatamente, abrió diligencias y ordenó a la Guardia Civil la investigación de estos, así como la identificación de su autora.
El Informe Médico Forense determinó que la muerte fue violenta, y afirmó que la ingesta de psicofármacos (ansiolíticos, antidepresivos, analgésico opioide) depresores del sistema nervioso central provocaron una depresión respiratoria y cardíaca que le produjo la muerte. Insistiendo en que el paciente no estaba, según consta en su historia clínica, habituado a este tipo de fármacos.
La acusación particular ha sido ejercida por el Letrado Carlos Sardinero, quien considera que la imprudencia fue especialmente grave, ya que la condenada incumplió las normas más elementales de cuidado al administrar la medicación a una persona vulnerable. Además, la condenada se ha visto favorecida por la lentitud de la justicia al recibir una reducción de la pena por atenuante cualificada de dilaciones indebidas.
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