Indemnizada con 90.000 euros la familia de un hombre que murió atropellado al cruzar a pie una autovía de Madrid
La Audiencia Provincial achaca al conductor parte de la responsabilidad en el accidente, al considerar que no respetó la distancia de seguridad
El 13 de julio de 2020 se cruzaron de forma fatal los caminos de un hombre de 57 años que trataba de cruzar a pie la M-40, una de las autovías más concurridas de España, y el de otro que volvía de trabajar al volante de su Renault. El conductor arrolló mortalmente al viandante cuando este había alcanzado el cuarto carril. Toda la escena quedó registrada por una cámara de tráfico instalada justo en el punto kilométrico en el que se produjo el atropello.
La madre y el hermano del fallecido recurrieron a la justicia para obtener una indemnización por el accidente y, aunque en un principio una sentencia atribuyó toda la culpa al peatón, la Audiencia Provincial de Madrid acaba de achacar parte de la responsabilidad al conductor, al considerar que la corta distancia de seguridad que mantenía con el vehículo precedente fue un factor clave en el desenlace. El fallo atribuye en un 75% la responsabilidad al fallecido y en un 25% al conductor, lo que supone una indemnización de 90.000 euros para la madre y para el hermano.
Los hechos ocurrieron a las siete y media de la tarde en el punto kilométrico número 30 de la M-40, a la altura de Leganés, en el barrio de La Fortuna. Esta carretera de circunvalación soporta cada día una media de 300.000 vehículos y representa una de las vías más transitadas de toda España. En ese momento, el peatón, que se encontraba en uno de los lados de la M-40, salió de una estación de servicio. Quiso cruzar al otro lado de la autovía, con cuatro carriles en cada sentido, para lo que caminó durante unos metros hasta encontrar, se deduce de las imágenes, un lugar por donde atravesarla. Cuando lo halló, permaneció parado 52 segundos, como buscando el momento en el que la circulación de vehículos fuera menos intensa.
Es entonces cuando el hombre comenzó una pequeña carrera para cruzar la autovía y, cuando estaba a la altura del tercer carril, un vehículo dio un frenazo para no arrollarlo. En ese momento, el coche que iba detrás de este vehículo, el Renault, hizo una maniobra para no chocar contra el turismo que lo precedía, pasó al cuarto carril y arrolló al viandante, que justo acababa de alcanzar ese punto. Lo golpeó de forma frontal y, tan bruscamente, que fue imposible hacer nada por reanimarlo.
En un primer momento, la justicia achacó el 100% de la responsabilidad al peatón, por haber cruzado de forma indebida y haberse expuesto a un gran riesgo. La madre y el hermano del fallecido recurrieron y, en esta segunda instancia, el tribunal aceptó nuevas pruebas presentadas por el abogado Roberto Toro Pujol, como el vídeo del informe técnico elaborado por la Guardia Civil y las testificales de los ocupantes del vehículo que atropelló al hombre. “La peculiaridad de este caso es la completa grabación de la secuencia fáctica por una cámara que la Dirección General de Tráfico tiene activada en ese tramo”, reconoce la sentencia.
De esta nueva vista, los magistrados concluyen que, a pesar de que el conductor circulaba a 80 kilómetros por hora en un tramo que permite hasta los 100 y dio negativo en los test de alcoholemia y drogas, uno de los motivos principales del arrollamiento fue la poca distancia que el vehículo mantenía con el coche que iba delante y que se topó en primer lugar con el viandante.
“La exigencia del respeto de la distancia de seguridad no es ajena a la idea de la protección de situaciones como la presente, pues se trata de permitir al conductor reaccionar con tiempo suficiente ante los avatares del tráfico, entre los que no cabe descartar, por infrecuente que sea, la irrupción en la calzada de elementos ajenos a la circulación rodada (piénsese, a título de ejemplo en animales u objetos llevados por el viento, o en menores o en personas afectadas en sus facultades superiores)”, reflexionan los jueces.
“Si hubiera circulado más alejado hubiera podido ver y comprender la razón por la que el vehículo que iba delante frenaba, y haber evitado el atropello, o, al menos, haber reducido sus devastadores efectos en la persona del peatón”, plantea el magistrado José María Torres Fernández de Sevilla, ponente de la sentencia. El fallo judicial atribuye en un 75% la responsabilidad al viandante fallecido y en un 25% al conductor, lo que supone una indemnización para la madre del hombre, de 84 años, de 68.913 euros y para el hermano, de 56 años, de 23.493 euros. El pago de estos con 90.000 euros correrá a cargo de la aseguradora del vehículo, Pelayo.
El lugar en el que se produjo este accidente representa un punto negro de la autovía de circunvalación en el que se han tenido que lamentar varios atropellos con consecuencias fatales. El 30 de enero de 2023, en ese mismo punto, un hombre de unos 50 años fue alcanzado por un vehículo y falleció en el acto cuando atravesaba los carriles. El 24 de agosto de 2024, un hombre de 72 años también murió arrollado al intentar cruzar la calzada por un punto no permitido un par de kilómetros antes, pero en el mismo tramo.
#Atropello mortal en km. 28 de la calzada exterior de M40.@SAMUR_PC confirma el fallecimiento de un hombre de 72 años que ha muerto en el acto tras ser atropellado cuando cruzaba la calzada en este punto.@guardiacivil realiza el atestado y regula el tráfico tras el atropello. pic.twitter.com/y4fk1xOEqr
— Emergencias Madrid (@EmergenciasMad) August 24, 2024
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