Rivas gana a las aseguradoras en el Supremo por cobrar a los vecinos por un servicio de incendios que no prestaban
El Ayuntamiento reclamaba a las empresas parte de lo recaudado en sus seguros por ofrecer una asistencia de bomberos que en realidad atendía la Comunidad de Madrid
El municipio madrileño de Rivas Vaciamadrid ha dado un golpe en la mesa contra todas las empresas que ofrecen seguros del hogar o de multirriesgo a sus vecinos y ha hecho historia: ha ganado en los tribunales una batalla que ha durado seis años que se centraba en si las aseguradoras debían pagar a los Ayuntamientos la parte proporcional que ellas cobran a los ciudadanos por un servicio (el de extinción de incendios) que no prestan y por el que ya paga la propia administración local. El tema lo ha resuelto el Supremo con una sentencia a la que ha tenido acceso EL PAÍS en la que da la razón al municipio frente a la empresa Plus Ultra Seguros Generales de Vida S.A. de Seguros y Reaseguros, que defendía que no debía abonar al Ayuntamiento ese dinero.
El alcalde (IU), Pedro del Cura, consideraba “injusto” y “abusivo” que los vecinos pagaran “dos veces” por el mismo servicio, puesto que el propio municipio paga desde 2013 la conocida “tasa de incendios” a la Comunidad de Madrid. A partir de ahora, las compañías aseguradoras deberán abonar al Ayuntamiento el 7,5% de lo recaudado en sus primas anuales, pues ya no hay vuelta atrás. El fallo no se puede recurrir.
El origen del conflicto se encuentra en ese canon llamado exactamente de “mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento”. Todos los municipios de más de 20.000 habitantes que no cuenten con un parque de bomberos propio tienen que pagar a la Administración regional una tasa por la prestación de ayuda de los bomberos, que están repartidos en 19 parques en la región madrileña. En la comunidad, hay 31 municipios en esa situación, entre los que se encuentra Rivas, con casi 90.000 habitantes, cuyo Ayuntamiento paga 2.814.627,83 millones de euros anuales al Gobierno regional, es decir, 30,94 euros por habitante.
Ha sido una pelea ardua y compleja y el viernes, cuando se conoció la sentencia del Supremo, fue un día de fiesta para los servicios jurídicos del Ayuntamiento. Del Cura, alcalde desde 2014 del municipio madrileño, lo define como “un exitazo” pues ha sido una contienda en la que una hormiga ha vencido a un rinoceronte o David ha derrotado a Goliat, gracias al trabajo de tres abogados locales que se han enfrentado a los servicios jurídicos de todos “los de la banca, que son los que controlan las aseguradoras”. “Al final se habían organizado entre todas ellas para no pagar por un servicio por el que cobraban y que no prestaban”, explica el alcalde.
La ordenanza cuestionada
El tema de discusión central se ha centrado precisamente en eso, en quién prestaba el servicio. Las aseguradoras alegaban que lo hacía la Comunidad de Madrid y, por tanto, no tenían que pagar nada al Ayuntamiento sobre lo cobrado en sus pólizas. Y Rivas argumentaba que lo realizaba el propio municipio gracias a que pagaba una tasa con dinero público, es decir, con los impuestos de los contribuyentes. ¿Significaba eso que los vecinos pagaban dos veces por un servicio que solo prestaba la Comunidad de Madrid? “Es lo que llevamos años intentando evitar. Porque esto afecta al 100% de la población, casi todo el mundo tiene un seguro del hogar o multirriesgo y no sabe lo que dice la letra pequeña. En este caso no tenía ningún sentido”, insiste el alcalde.
Cuando Rivas se percató de esta situación, elaboró una ordenanza municipal que ha estado en cuestión todo este tiempo. Gracias a esa ordenanza, el gobierno local decidió cobrar desde 2015 a las entidades o sociedades aseguradoras un 7,5% del dinero recaudado en sus contratos con los vecinos, para cubrir parte de los gastos de la tasa que a su vez pagaba Rivas al Gobierno regional.
Las compañías devolvieron una y otra vez las liquidaciones, casi ninguna pagó lo demandado y decidieron recurrir por lo contencioso-administrativo en bloque. Así empezó un zurriburri que ha llegado hasta ahora. Todas las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) fallaron a favor del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid. Las compañías siguieron recurriendo porque, según el alcalde, el “meollo” de la cuestión estaba en llegar al Supremo y que anulara la ordenanza local. “Les ha salido el tiro por la culata porque han querido cuestionar la legalidad de la ordenanza y ahora que está ratificada nosotros intentaremos incrementar ese 7,5% hasta cubrir exactamente los 2.814.627,83 millones de euros anuales que pagamos. Ni un euro más. Pero es que, además, esto ya no solo nos incumbe a nosotros. Hay muchos ayuntamientos que podrán acogerse a esta sentencia”, explica Del Cura.
El 30 de mayo de 2018, el Tribunal Supremo admitió el recurso de casación sobre una de las sentencias emitidas por el TSJM, en el que se plantea la nulidad de las liquidaciones efectuadas y la no sujeción a la legalidad de la Ordenanza Fiscal de la Tasa de Incendios.
Y el fallo del Supremo es ahora claro: “La Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos en Rivas-Vaciamadrid (...) cumple lo dispuesto en el artículo 16 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (...) puesto que el sujeto pasivo queda suficientemente delimitado”, dice la sentencia. También añade que es “conforme a derecho” que las entidades o aseguradoras “satisfagan una cuota tributaria equivalente al 7,5% de las primas recaudadas”. “Resulta respetuoso con los principios de capacidad económica, igualdad y equivalencia en las tasas (...) un método de cuantificación en el que el coste del servicio público viene representado por el importe satisfecho por el Ayuntamiento a la Comunidad Autónoma prestadora del servicio, en el que se regula una cuota tributaria, correspondiente al contribuyente”, explica la sentencia. En definitiva, al alto tribunal estima que “puede exigirse una tasa por un Ayuntamiento, en los casos en los que ese servicio es prestado de forma efectiva por la Administración autonómica, cuyo hecho imponible se entiende producido con independencia de que se solicite o no una prestación directa y específica del servicio”. Es decir, independientemente de que se contrate o no una póliza de seguros.
Las consecuencias de esto son todavía incalculables. Por lo ponto, el Ayuntamiento estima que gracias a este fallo podrán hacer frente al 30% de la tasa que pagan. Además, el alcalde de Rivas asegura que a partir de ahora se pondrá a disposición de todos los Ayuntamientos que quieran seguir sus pasos, tanto madrileños como del resto de España.
El fantasma del fallo revertido de las hipotecas
Ante lo que parece una sentencia histórica en favor de los Ayuntamientos, solo hay un miedo, el de la presión “de los poderosos”. Es lo único que frena al alcalde de Rivas, Pedro del Cura, para celebrar por todo lo alto un fallo que considera “muy importante para todos”. “Tenemos mucha voluntad pero también somos realistas. Por eso decíamos que iba a ser difícil luchar contra toda esta gente”, admite el alcalde. Sin embargo, el Supremo les ha dado la razón tras años y años de litigios y ahora solo quiere espantar un fantasma de su cabeza que en parte le atormenta por lo que pasó con el caso de las hipotecas. En aquel momento, en 2018, el alto tribunal sentenció que se tenía que exigir el cobro del impuesto hipotecario a las entidades bancarias y no a sus clientes. Un día después, dejó en el aire la decisión en un acto completamente inusual que Del Cura considera que fue propiciado por las fuertes presiones de los bancos.
“Espero que ahora no pase lo mismo y no haya presiones de ningún tipo para modificar esta sentencia”, dice el alcalde, que recuerda que ahora están implicados “prácticamente los mismos actores de entonces”.
Suscríbete aquí a nuestra newsletter diaria sobre Madrid.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.