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Las deudas del narco gallego no se entierran: la venganza del hijo de un traficante asesinado 26 años después

Antonio Cores está en prisión por apuñalar a uno de los dos implicados en la sangrienta ejecución de su padre cuando él era un niño

Coche calcinado en el que apareció muerto Ramón Cores en 1998.
Coche calcinado en el que apareció muerto Ramón Cores en 1998.EFE

Una de las represalias más violentas entre narcos gallegos de los años noventa, cuando el tráfico de cocaína en la ría de Arousa se convirtió en la lanzadera del negocio en Europa, ha resucitado de los archivos policiales para explicar un apuñalamiento ocurrido en la noche del pasado 15 de septiembre en Vilagarcía. La víctima es uno de los dos únicos condenados hace 26 años en el asesinato con ensañamiento de Ramón Cores Caldelas, por aquel entonces correa de transmisión de los capos para la distribución de estupefacientes. Su hijo Antonio tenía 12 años cuando su padre apareció carbonizado dentro de su coche en una cuneta. Ahora ha sido detenido por atacar a Arturo García Lamas, de 54 años, recadero del difunto implicado en su asesinato y que se recupera en el hospital de varias cuchilladas en la boca y el hombro izquierdo.

La policía baraja la hipótesis de que Antonio Cores Romero, de 38 años, actuó con ánimo de venganza, ya que hay antecedentes de que entre ambos ha habido más que amenazas. El enfrentamiento se agrió aún más después de que García lograse esquivar la condena de 19 años que le impuso el tribunal de la Audiencia de Pontevedra y de la que solo llegó a cumplir dos. Tras la revisión de su recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, salió en libertad. El fallo emitido en noviembre de 2000 consideró que fue testigo pero no ejecutor de los tres disparos que acabaron con la vida de Cores porque solo consta que facilitó la garrafa de gasolina con la que se quemó su coche con el cuerpo dentro.

Más de 26 años después de aquellos hechos, el pasado 15 de septiembre, agresor y víctima coincidieron pasadas las diez de la noche en la terraza de un bar situado a pocos metros del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa y la sede de la Policía Local. Empuñando una navaja, el agresor inició una pelea que dejó malherido a García, quien logró defenderse y evitar que una de las acometidas le alcanzara el cuello. Acabó refugiándose dentro del establecimiento hostelero del que Cores salió tambaleándose del local. Finalmente se entregó en la comisaría de policía, donde ya se había puesto en marcha un operativo en su búsqueda.

El arma no apareció, a pesar de que el detenido aseguró a los agentes de la Policía Local que la había tirado en un contenedor de basura. Después de prestar declaración en los juzgados de Vilagarcía, Cores ingresó en prisión sin posibilidad de fianza por un delito de tentativa de asesinato. No tiene antecedentes ni aparece investigado por ningún supuesto delito como el tráfico de drogas, al contrario que la víctima, que acumula un amplio historial delictivo. Este dato avala la hipótesis policial de que el hijo de Cores acudió al bar que frecuentaba García para tomarse la justicia por su mano, obsesionado con ajustar viejas cuentas por el asesinato de su padre.

Arturo García, en primer término, y Severino Padín, al fondo, durante el juicio por el asesinato de Cores en 2000.
Arturo García, en primer término, y Severino Padín, al fondo, durante el juicio por el asesinato de Cores en 2000.MIGUEL RIOPA (EFE)

“No tenía ningún motivo para matar a su patrón”

Mientras Severino Padín Leiro, el otro implicado en el asesinato de Cores Caldelas, cumplió íntegramente la condena de 22 años que le cayó, su cómplice Arturo García solo cumplió dos años tras admitir el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) su recurso de apelación y acordar su excarcelación. El tribunal consideró que el reo no había sido el autor material del asesinato y apreció que del fallo de primera instancia “no se constataba prueba de cargo suficiente para destruir la presunción de inocencia” de García Lamas. Resultó llamativo que el tribunal, en los hechos probados, situase a García Lamas en el lugar de los hechos y diera por probado que fue testigo del despiadado crimen y, al mismo tiempo, valorase por encima de otra consideración que fue “fundamental” para el resolver el caso que el acusado reconociese lo ocurrido para que no quedara impune.

El TSXG dio así credibilidad a la versión de García Lamas pese a que quedaron algunos interrogantes sobre la veracidad de sus declaraciones. Dijo que no tuvo que ver con los disparos que acabaron con la vida de su patrón y que su participación solo consistió en conducir el coche en el que llevaba la botella de gasolina con la que se quemó el automóvil de Cores Caldelas. Portaba esa botella, según quedó probado, por un fallo en el marcador de gasolina del automóvil que obligaba al conductor a tener siempre disponible combustible extra.

“Se vulneró el principio de presunción de inocencia y se le condenó sin pruebas”, sentenció el alto tribunal gallego. Por ello el acusado vio archivada su condena por los delitos de asesinato, robo, tenencia ilícita de armas y daños. La decisión fue mal recibida en el entorno de la víctima porque consideraron que Arturo García había colaborado al fin y al cabo en la sangrienta ejecución de quien era su jefe y le daba de comer y, al parecer, no fue por dinero. Ese dato refuerza la hipótesis de que fue un asesinato por encargo y un ajuste de cuentas de terceras personas.

Ramón Antonio Cores Caldelas vivió peligrosamente. Siempre estuvo bajo los focos policiales, incluso implicado en varios procesos. El primero de ellos fue el juicio de la Operación Nécora del que salió absuelto. El 24 de marzo de 1998, este vecino de la pequeña localidad pontevedresa de Portas apareció carbonizado junto al Peugeot 605 que conducía, en la cuneta de una pista cerca de la carretera que une los municipios de Caldas de Reis y Catoira.

Después de recibir tres disparos, el cadáver de Cores Caldelas y su coche fueron rociados con gasolina para destruir huellas. El móvil, según la sentencia de la Audiencia de Pontevedra, fue robar el dinero que la víctima acababa de cobrar por la venta de una partida de cocaína, aunque el TSXG concluyó que ese dinero no estaba en poder de Cores sino en manos del propio Arturo García, su empleado de confianza, según él mismo relató. Precisamente por ello la sentencia firme del caso Cores no considera lógico que “el condenado quisiera acabar con la vida del que era su patrón y con quien mantenía buena relación, pues no tenía ningún motivo para matarle”. Y añade el tribunal: “Poca lógica puede existir en matar para robar cuando el supuesto dinero, caso de existir, estaba ya previamente en poder de Arturo”.

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