Los condenados de ETA incluidos en las listas de Bildu tienen cumplidas sus penas de inhabilitación
Un estudio de la AVT sobre las sentencias de los 44 candidatos apunta a que no hay impedimentos para que se presenten y aleja la posibilidad de judicializar el caso
“Inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena”. Esa es la frase que se repite de modo recurrente en buena parte de las sentencias contra los 44 exmiembros de la disuelta ETA ―siete de ellos condenados por delitos de asesinato u homicidio― que concurrirán a las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo en las candidaturas de EH Bildu. Su presencia en las listas de la izquierda abertzale, denunciada el martes por el Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite), ha provocado malestar entre las propias víctimas y un enorme revuelo político aprovechado por el PP para cargar contra el PSOE de Pedro Sánchez, a quien la formación abertzale ha apoyado parlamentariamente. Otra asociación de víctimas, Dignidad y Justicia, ha llegado a presentar una denuncia ante la Fiscalía, que esta aún debe analizar, para anular estas candidaturas si finalmente se ha vulnerado la Ley Electoral General.
Sin embargo, un informe elaborado por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) concluye que todos ellos pueden ser candidatos, ya que en la actualidad ya no pesa sobre ellos ningún impedimento legal por aquellas condenas. Las penas de inhabilitación, absoluta o especial, que en su momento les impusieron los tribunales ya están cumplidas. EL PAÍS ha verificado con los documentos judiciales que así ocurre, por ejemplo, con cinco de los siete condenados por asesinato u homicidio. Esta circunstancia aleja la posibilidad de judicializar su presencia en las listas de EH Bildu o, como ha planteado Vox, estudiar la ilegalización de la coalición abertzale.
El estudio elaborado por la AVT detalla que de los 44 candidatos señalados, hay dos sobre los que no consta ninguna condena. En un caso, el de Adolfo Araiz Flamarique, portavoz de EH Bildu en el Parlamento de Navarra en la legislatura que ahora se acaba y que es el número dos del partido en esta comunidad en las próximas autonómicas, porque nunca ha sido condenado en firme. En 1999, el Tribunal Constitucional anuló la que le había impuesto dos años antes el Supremo como miembro de la cúpula de la antigua Herri Batasuna. El otro es el de Sonia Respaldiza, que ocupa el sexto puesto en la lista de la formación a la alcaldía de Llodio (Álava). En su caso, no hay ninguna constancia judicial de que fuera juzgada ni condenada en ninguna causa de terrorismo, aunque su nombre apareció en una documentación intervenida a un exjefe de la organización terrorista.
De los 42 candidatos restantes, el análisis realizado por el equipo jurídico de la asociación destaca que en los 25 en los que tuvo acceso a la sentencia, la condena de inhabilitación ya ha sido cumplida. En otros tres, dictadas por tribunales franceses, ni siquiera se impuso esta pena. De los otros 14 candidatos, la AVT admite no haber accedido al documento de la sentencia que los condenó, pero concluye que, por la pena impuesta y la fecha en que se dictó, si se le hubiera impuesto inhabilitación absoluta “estaría cumplida” y considera “poco probable” que se les penara con una especial para cuando abandonaran la cárcel.
En el caso de los siete condenados por delitos de asesinato u homicidio, las sentencias a las que ha tenido acceso este periódico confirman este extremo. Así, Agustín Muiños Días, que concurre en el puesto número seis de la lista de EH Bildu a la alcaldía de Legutio (Álava), fue condenado en 1985 a 29 años de prisión por el asesinato, en 1983, del empresario José Antonio Julián Bayano. En el fallo, los magistrados recogían que esta pena llevaba aparejada la “inhabilitación absoluta” durante el tiempo de ejecución de la misma. En similares términos se expresa la sentencia que condena en 1996 a 55 años de prisión a Juan Ramón Rojo González, número 21 en la lista a la alcaldía de Irun (Gipuzkoa), por el asesinato de Francisco Gil Mendoza y las heridas a un hermano de este en 1991.
Lander Maruri Basagoiti ―segundo suplente en la lista para la alcaldía de Zierbena (Bizkaia)― y Asier Uribarri Benito ―número cuatro en la lista para la alcaldía de Maruri-Jatabe (Bizkaia)― fueron condenados en 2001 a 16 años de prisión cada uno por su participación como cómplices en el asesinato, en 1997, del guardia civil José Manuel García Fernández. El fallo que condenó a ambos también incluyó la pena accesoria de inhabilitación absoluta “durante el tiempo de condena”. Idéntica expresión recoge la sentencia que condenó a José Antonio Torre Altonaga, alias Medius, por su colaboración en el atentado que costó la vida, en 1978, a dos trabajadores en las obras de la central nuclear de Lemoniz. Condenado entonces a 20 años de prisión, el 28 de mayo será el segundo suplente de EH Bildu en la lista a la alcaldía de Mungia (Bizkaia).
En el caso de los otros dos candidatos condenados en su día por asesinato, Begoña Uzkudun Etxenagusia y Juan Carlos Arriaga Martínez, el estudio de la AVT apunta en la misma dirección. Uzkudun, que es la número tres en la lista para la alcaldía de Errezil (Gipuzkoa), recibió dos condenas en 1989 que sumaron más de 100 años de cárcel por dos atentados mortales. En ambas penas la inhabilitación fue solo durante el tiempo máximo de cumplimiento de condena, entonces fijado en 30 años. Lo mismo recoge sobre Arriaga, número tres en la lista para la alcaldía de Berrioplano (Navarra), y que fue condenado en 1989 a 29 años de prisión por el asesinato en 1984 del empresario y comandante del Ejército retirado Jesús Alcocer Jiménez.
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