El Gobierno valenciano podrá multar con cerca de un millón de euros los abusos inmobiliarios
El decreto recién aprobado recoge la cesión forzosa y temporal de viviendas vacías de grandes tenedores en casos de calamidades públicas, desplazados por guerras o situaciones de sinhogarismo
El Gobierno valenciano ha aprobado este viernes, después de meses de negociación entre los socios de coalición (PSPV, Compromís y Unides Podem), un decreto ley “para combatir los abusos de los fondos buitre y hacer frente a la emergencia residencial” en la Comunidad Valenciana, ha expuesto el vicepresidente y consejero de Vivienda, Héctor Illueca. La norma prevé multas de casi un millón de euros para los casos graves de abusos inmobiliarios. “El objetivo es proteger a las familias, luchar contra el acoso y garantizar la función social de la vivienda”, ha manifestado el vicepresidente.
El titular autonómico de Vivienda ha calificado la norma de “audaz” para combatir los acosos y abusos inmobiliarios y para hacer frente a la “situación de emergencia residencial que vivimos”, y ha reconocido que existía una laguna legal sobre el abuso inmobiliario que ahora se cubre con conductas tipificadas y multas de hasta 950.000 euros, y con un sistema de inspección que garantizará la eficacia de la normativa.
Illueca ha justificado el decreto por la situación de emergencia que ha provocado la invasión de Ucrania —la Comunidad Valenciana es una de las comunidades autónomas españolas que ha acogido más desplazados—, las tensiones inflacionistas y la subida de los tipos de interés y su efecto en el encarecimiento de las hipotecas. “Todo ello puede provocar que muchas familias entren en una situación de insolvencia”, ha remarcado el vicepresidente.
El decreto ley permite además la cesión forzosa y temporal del uso de inmuebles que permanezcan vacíos desde hace más de un año y que son propiedad de grandes tenedores, es decir, aquellos con más de 10 viviendas, en casos de calamidades públicas, desplazados por guerras o situaciones de sinhogarismo. También cuando en un municipio se hayan producido el año anterior “incrementos significativos, de al menos un 20% en familias desahuciadas, desalojadas o lanzadas de su vivienda habitual”.
La norma garantizará una justa compensación a los grandes tenedores por las viviendas cuyo usufructo se ceda obligatoriamente, que se calculará de acuerdo con la normativa estatal de expropiación forzosa; y la cesión se llevará a cabo por un plazo máximo de 5 años si el gran tenedor es una persona física, o de 7 años si es jurídica.
Según el vicepresidente, la norma clarifica los supuestos en los que se puede llevar a cabo esa especie de “expropiación” temporal del uso de los inmuebles con el objetivo de generar mayor “seguridad jurídica”. Los recelos en torno a la cesión forzosa por parte de alguno de los socios del Ejecutivo ha tenido atascado el decreto durante meses pero, finalmente, el Botànic cerró un acuerdo ayer jueves tras concretar todavía más las situaciones que darían pie a la cesión obligatoria. Illueca ha explicado que los cambios se han introducido tras un proceso de diálogo en el seno del Consell que ha tenido como resultado la clarificación de los casos de intervención.
La Administración valenciana prevé además la creación de un registro de grandes tenedores de viviendas; la creación de un régimen específico de colaboración público-privada en materia de vivienda; medidas de acompañamiento, apoyo y asesoramiento integral a familias en vulnerabilidad y da carta de legalidad a la unidad antidesahucios con un nuevo protocolo de actuación. Los funcionarios que realizarán las inspecciones ya existen actualmente pero ahora se enmarcarán en el nuevo sistema de inspección, y está prevista la creación de un cuerpo profesional para detectar irregularidades.
Como novedad, el decreto tipifica y regula la definición del acoso inmobiliario como “toda acción u omisión en perjuicio de la persona ocupante de una vivienda con el fin de perturbarla en el uso y disfrute pacífico de la misma, incluso generando un entorno material, social, personal o familiar hostil o humillante”, recoge el texto. “Especialmente si dicha conducta se realiza con intención de forzar a la persona ocupante a desalojar la vivienda o a adoptar cualquier otra decisión no deseada sobre el derecho que pudiere ampararle de uso y disfrute de dicha vivienda”, concluye el decreto.
Illueca ha explicado que se tipifican varias de las “conductas de acoso” más habituales como la negativa a aceptar el pago del alquiler “por parte muchas veces de fondos de inversión que quieren quitarse de encima a las familias”; la negativa a hacer las reformas necesarias para que la vivienda esté en condiciones y “las conductas que tienden a perturbar el pacífico disfrute de las viviendas sirviéndose de terceras personas físicas o jurídicas”.
El vicepresidente ha destacado que con la norma la Generalitat completa el despliegue competencial hasta el límite de sus posibilidades y se sitúa a la vanguardia en España en políticas de vivienda con un conjunto de herramientas que ha desplegado a lo largo de la legislatura.
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