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La Audiencia de Valencia condena a un hombre por agresión sexual a dos menores con las que solo tuvo contacto por internet

Las niñas fueron intimidadas y recibieron amenazas del ahora condenado

Audiencia de Valencia condena por agresión sexual
Un agente de la Unidad de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil.
María Fabra

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a seis años y medio de prisión a un hombre por dos delitos de agresión sexual a dos menores y otros por elaboración de material pornográfico. En ambos casos, el ahora condenado contactó con las niñas por internet y las forzó a participar en videollamadas sexuales con intimidaciones y amenazas.

Según la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, los hechos comenzaron en junio de 2018, cuando el hombre, que conoció a la primera de las víctimas al coincidir con ella en un grupo de Whatsapp, empezó a enviarle fotos de contenido sexual y le reclamó imágenes del mismo tipo.

La menor, de 13 años en el momento de los hechos, accedió a ello y le mandó fotos de su cuerpo desnudo o con poca ropa y de sus partes íntimas. A partir de ese momento, el hombre la obligó a practicar sexo a través de videollamadas, tras amenazarla con difundir públicamente sus fotos íntimas y llegó a publicar una de estas fotos junto al teléfono de la menor en una red social.

El hombre intentó que la segunda víctima también le mandara fotos de contenido sexual y, cuando esta se negó, le dijo que tendría consecuencias negativas porque podía localizar a sus padres y amigos. La menor se asustó y finalmente accedió a participar en una videollamada de contenido sexual.

La sentencia señala que pese a que “no ha existido un contacto directo, sino virtual, entre victimario y víctimas”, los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual debido al “marco claramente intimidatorio en el que existen amenazas explícitas e implícitas” según las cuales si las menores no accedían a las pretensiones del condenado, este publicaría las fotos íntimas a familia y amigos, como finalmente hizo con la primera de las niñas.

El 26 de septiembre de 2018, la Guardia Civil realizó la entrada y registro en el domicilio del procesado, en Valdemoro (Madrid), donde localizaron almacenados vídeos similares a los que grabaron las dos menores de la Comunidad Valenciana.

Según el fallo, el hombre tiene una discapacidad psicológica leve y el procedimiento ha sufrido dilaciones indebidas, lo que motivan la apreciación de dos atenuantes. La Sala impone además al condenado la obligación de indemnizar con 12.000 euros a cada una de las perjudicadas por los daños psicológicos que sufrieron a consecuencia de los hechos y le inhabilita durante 20 años para el ejercicio de cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve un contacto regular y directo con menores.

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