La Generalitat abre expediente al Ayuntamiento de la Ràpita por organizar un congreso sobre ‘correbous’
Interior actúa tras una denuncia de la entidad Animanaturalis, que advierte de una posible multa de entre 600 y 60.000 euros


Los servicios territoriales del departamento de Interior en las Terres de l’Ebre han abierto un expediente informativo al Ayuntamiento de la Ràpita (Montsià) por organizar un congreso sobre correbous fuera de las fechas legalmente autorizadas para celebrar festejos taurinos. El caso se ha abierto a instancia del colectivo animalista Animanaturalis , tras la convocatoria el pasado mes de septiembre del Congrés Nacional del Bou amb Corda. La entidad denunciante sostiene que la Ràpita se enfrenta a una posible multa de entre 600 y 60.000 euros, además de una inhabilitación para organizar correbous durante dos años.
Según la denuncia, los festejos celebrados durante este congreso no se enmarcan en ninguna de las festividades tradicionales reconocidas legalmente en el municipio, “requisito imprescindible para poder autorizar este tipo de espectáculos”. Aïda Gascón, portavoz de Animanaturalis, sostiene que “la normativa que regula los eventos taurinos es restrictiva y no decorativa”.
Animanaturalis mantiene que los correbous y todos los festejos relacionados con toros están tasados por la ley 34/2010, que establece de manera clara que este tipo de eventos con toros o vaquillas solo pueden celebrarse en las localidades y fechas en las que tradicionalmente hayan tenido lugar, coincidiendo con fiestas mayores, celebraciones populares u otros acontecimientos de especial relevancia.
En el caso de la Ràpita las únicas festividades autorizadas para la celebración de fiestas con toros son la Fiesta Mayor en julio y las fiestas de la Mare de Déu de la Ràpita y de la Mare de Déu del Carme, a principios de septiembre. El congreso sobre el bou amb corda se programó para finales de septiembre, fuera de las fechas habilitadas para espectáculos de este tipo.
Animanaturalis subraya que la publicidad institucional del congreso en ningún momento indicaba que el evento estuviera integrado en una fiesta mayor o celebración tradicional concreta, “presentándolo como un acto independiente, lo que refuerza la falta de cobertura legal para la celebración de los festejos taurinos”.
La delegación de la Generalitat en las Terres de l’Ebre ha confirmado la apertura del expediente informativo y Animanaturalis mantiene que, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 34/2010, organizar o celebrar espectáculos taurinos sin cumplir las condiciones de la autorización constituye una infracción grave, sancionable con multas de entre 601 y 60.000 euros.
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