Absuelta una activista trans de agredir a un ‘mosso’ en una protesta por un libro tránsfobo
El juicio no ha podido acreditar la autoría de la agresión, por la que la Fiscalía solicitaba dos años de cárcel

Un juzgado de Barcelona ha absuelto este miércoles a una activista LGTBI, para quien Fiscalía solicitaba dos años de cárcel, por una supuesta agresión a un mosso durante una protesta en una librería de la capital catalana contra la presentación de una publicación que consideraba tránsfoba, al no acreditarse su autoría. La sentencia del juzgado de lo penal número 18 de Barcelona ha absuelto también a otro procesado para quien el ministerio público solicitaba un año de prisión, por presuntamente introducirse junto a la activista en la librería, sin que haya quedado probado.
Además de la Fiscalía, también estaba personada la Generalitat, que pedía para la activista trans, única persona a la que acusaba de los dos procesados, una condena de 6 meses de cárcel y una multa de 600 euros, así como una indemnización al agente herido de 1.265 euros.
La sentencia da por probado que miembros de grupos a favor de los derechos LGTBI, entre los que estaban los acusados, se concentraron el 16 de mayo de 2022 frente a una librería del centro de Barcelona a modo de repulsa por la presentación del libro. Ante esta situación, los Mossos d’Esquadra se desplegaron en la zona e hicieron un cordón policial para evitar que los manifestantes entraran en el establecimiento.
La resolución indica que los manifestantes empezaron a proferir consignas contra la policía y a empujar el cordón policial, y que unas pocas personas consiguieron acceder al vestíbulo unos segundos, entre los que se encontraba la activista trans. No obstante, la magistrada rechaza que, en el transcurso de los hechos, la procesada agrediera violentamente a un agente de los Mossos d’Esquadra con un palo, y que el otro acusado estuviera siquiera entre los que consiguieron saltarse el cordón.
La titular del juzgado considera que la identificación que llevó a cabo el agente de los Mossos “no ofrece suficiente fiabilidad del reconocimiento efectuado”, por lo que no puede deducirse que fuera la acusada quien le golpeara con el palo. El escrito, que cree que la prueba “no arroja dudas” de que el mosso recibió algún golpe con un palo en algún momento de la intervención en la librería, sí que considera que hay “serias dudas” en que la agresión la llevara a cabo la procesada. “Del examen directo de las imágenes reproducidas en el acto del juicio oral, no puede apreciarse el acto concreto en que un manifestante agrediera a un agente. Sí se observa un forcejeo y un tumulto de personas, sin que puedan individualizarse actos o personas concretas”, ha manifestado.
Sobre el segundo acusado, pese a la identificación de los Mossos, considera que “no es viable contrastar a través de las fotografías obrantes en autos ni del visionado de la grabación obtenida la solidez de su identificación”. Concretamente, al “no contarse con ningún primer plano suficientemente nítido como para, sin conocimientos especiales, a simple vista, y sin riesgo de error, pudiera afirmarse sin ningún género de duda que se trata de la imagen de la persona acusada”.
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