‘Flexiseguridad’ laboral
Hay que analizar si la propuesta de la ministra Elma Saiz puede ser factible y beneficiosa para el trabajador, y si es así, regular bien el control de los riesgos
Las leyes sociales están para proteger a los débiles. También las laborales. Por si no lo teníamos claro, pudimos comprobarlo con las contrarreformas desreguladoras de la ofensiva neoliberal de los años ochenta. Y todavía tenemos en la memoria las falacias lingüísticas con las que la ministra Fátima Báñez intentó vendernos como una modernización lo que era simple desprotección. Estamos escarmentados. Pero eso no debería llevarnos a cerrarnos a imaginar cambios legales que, siendo igualmente protectores, se adapten mejor a las necesidades cambiantes de nuestra vida.
A principios del siglo XX, la esperanza de vida al nacer no iba más allá de los 40 años. Ahora es más del doble. Cuando se creó la Seguridad Social, la supervivencia media al cumplir los 65 era de 4,5 años. Ahora es de una media de 22. Eso significa que a muchos les queda por vivir un tercio de la vida y las condiciones físicas y mentales con las que, en general, se llega a los 65 y a los 70 no tienen nada que ver con las de entonces. Cuando se planteó la posibilidad de alargar la vida laboral y compaginar trabajo y pensión, como la jubilación parcial o la jubilación activa, hubo reticencias.
La práctica está demostrando que mucha gente, sin coacción alguna, lo elige. El trabajador gana, la Seguridad Social gana y la sociedad en su conjunto gana porque obligar a alguien a jubilarse (que en muchos casos es empobrecerse) cuando todavía está en plenas facultades productivas y creativas es malbaratar un capital humano y social importante. No es lo mismo una regulación que contemple la jubilación como una obligación que como un derecho. Entenderla como un derecho otorga margen de decisión individual sin dejar de proteger a quien lo necesite. De eso se trata.
Lo mismo cabe decir de la propuesta que ha lanzado la ministra Elma Saiz de estudiar una posible baja flexible, en la que el trabajador, de forma voluntaria, pueda incorporarse parcialmente al trabajo si su estado de salud se lo permite. Se entienden los recelos. Cabe la posibilidad de que se cree una presión ambiental que fuerce al trabajador a volver prematuramente al trabajo. Pero, como en el caso de la jubilación, hay que analizar si puede ser factible y beneficiosa para el trabajador, y si es así, regular bien el control de los riesgos.
Una baja laboral flexible no tendría demasiada incidencia en los procesos agudos. El mayor impacto sería en las enfermedades de larga duración, como un cáncer o una depresión y otras patologías crónicas de evolución variable. En estos casos, la salud no suele ser una cuestión de blanco o negro. Es un proceso gradual y puede tener oscilaciones. Uno no está mal el día antes de terminar la baja, y bien al día siguiente. Puede llegar un momento en que, sin estar en condiciones de asumir una jornada laboral completa, pueda ser beneficioso para el enfermo volver al trabajo de forma parcial. Siempre con garantía médica. La gradualidad se adapta mejor a la complejidad de la vida y a la realidad biológica que la rigidez. No se trata de contraponer flexibilidad y seguridad, sino de garantizar ambas a la vez: flexiseguridad es la palabra.
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