Un juez concluye que la joven que perdió un ojo por un proyectil de los Mossos en unos disturbios debe “cargar con las consecuencias”
El magistrado archiva la causa contra tres antidisturbios y señala a la víctima por ponerse “en peligro”
La tarde del 16 de febrero de 2021, una joven de 18 años que participaba en una manifestación en protesta por la detención del rapero Pablo Hasél en Barcelona perdió un ojo. Un proyectil de foam lanzado por los Mossos d’Esquadra para contener los disturbios le alcanzó y la dejó herida. La joven puso una denuncia que, ahora, el titular del juzgado de instrucción número 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, ha archivado de modo contundente: no solo no ve delito en la actuación de los antidisturbios sino que considera que la chica debe “cargar con las consecuencias” por haberse puesto ella misma en peligro al participar en una protesta en la que se estaban produciendo graves altercados.
El juez considera que no hubo intencionalidad ni imprudencia en la actuación de los tres agentes de los Mossos (dos escopeteros y un mando de la Brigada Móvil) que estaban siendo investigados en la causa. Por orden de un superior, los agentes dispararon proyectiles de foam para evitar que los manifestantes, que llevaban tiempo arrojándoles todo tipo de objetos, les rebasaran y penetraran en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Lesseps. La joven formaba parte de ese grupo de entre 300 y 400 personas, por lo que “se autocolocó en una situación de peligro”, según el juez.
“Lo que en modo alguno es esperable”, razona el auto, “es que las fuerzas policiales no reaccionen ante una agresión tan grave y violenta como la que estaban sufriendo, lo cual obliga a la querellante a cargar con las consecuencias de una autopuesta en peligro”. Para el abogado de la joven, Xavi Muñoz Soriano, que ya ha presentado un recurso contra el archivo de la causa, esa afirmación es “aberrante”. “El juez justifica que una chica de 18 años pierda un ojo por transitar por una zona”, afirma Muñoz, que considera que la intencionalidad o imprudencia debe dirimirse en el juicio oral y no en la fase de instrucción. “La falta de condiciones para disparar no justifica herir a nadie; al contrario, según el protocolo, obliga a abstenerse”, agrega.
La detención y encarcelamiento de Pablo Hasél provocó una oleada de disturbios en distintas ciudades de Cataluña, especialmente virulentos en Barcelona. El 16 de febrero de 2021, unas 4.500 personas participaron en una protesta en la plaza de Lesseps. Medio millar se dirigieron después a la cercana comisaría, donde “iniciaron una emboscada” y lanzaron “objetos contundentes” a los antidisturbios de los Mossos, que protegían la instalación y que se vieron “rodeados por manifestantes violentos”, según el relato del juez.
A las 20.18, el jefe del dispositivo autorizó el uso de proyectiles de foam para garantizar la seguridad de los agentes. En su argumentación, el juez subraya que las escopetas lanzadoras “no están diseñadas en modo alguno para disparos de precisión”, por lo que resultaba imposible, para cualquier agente, evitar la posibilidad de que pudieran “causar la pérdida de un ojo” a un manifestante. Del relato del auto se concluye que la joven fue, efectivamente, herida por un disparo de foam, un tipo de proyectil que sustituyó a las pelotas de goma hace una década, cuando estas fueron prohibidas en Cataluña.
Aguirre justifica la “proporcionalidad” de la medida ante la “extraordinaria violencia” de los manifestantes que, una vez dispersos tras los disparos, se dirigieron hacia el Paseo de Gràcia de Barcelona y provocaron graves daños en los comercios. “En el caso de que estos hechos hubieran sucedido en el País Vasco antes de la tregua de ETA hubieran sido calificados como actos terroristas (la llamada kale borroka)”, apostilla el auto.
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