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La justicia archiva la denuncia contra TV-3 por el gag sobre la Virgen del Rocío

La entidad ultracatólica Fundación Española de Abogados Cristianos había llevado el espacio de humor a los tribunales, pero estos consideran que forma parte de la libertad de expresión

El País
Virgen del Rocío
Un momento de la sátira sobre la Virgen del Rocío en el programa de TV3 'Està passant'.

El juzgado de primera instancia de Sant Feliu de Llobregat ha archivado la causa contra los actores y presentadores de TV-3 -Toni Soler, Jair Domínguez y Judit Martín- por el gag sobre la Virgen del Rocío emitido por la cadena en abril. La entidad ultracatólica Fundación Española de Abogados Cristianos había llevado el espacio de humor a los tribunales, considerando que la sátira suponía un delito de escarnio contra los sentimientos religiosos.

El polémico gag se emitió el 4 de abril, coincidiendo con la Semana Santa, en el programa de humor Està passant, que dirige y presenta Toni Soler. En él, la actriz Judit Martín aparecía ataviada como la Virgen del Rocío con un muñeco bebé en brazos simulando el niño Jesús. Mientras, sus Soler y Domínguez realizaban bromas sobre su vida sexual y su acento andaluz.

La emisión de la parodia generó una oleada de críticas. Incluso, la Fundación Española de Abogados Cristianos fue un paso más allá y presentó una denuncia por un presunto delito de escarnio contra los sentimientos religiosos. Por su parte, los obispos catalanes también condenaron el gag afirmando que “sobrepasaba el sentido del humor”. La Junta de Andalucía, la Conferencia Episcopal Tarraconense y la Federación de Entidades Culturales Andaluzas fueron otras instituciones que expresaron su indignación. En cambio, TV3 defendió que la sátira es “síntoma de calidad democrática”.

El tribunal considera que el gag se enmarca dentro del derecho a la libertada de expresión. “El gag era eminentemente satírico y tenía una intención claramente humorística”, concluye en juez Juan Aguirre. El magistrado argumenta que el programa de televisión “bromeaba sobre cuestiones que están presentes en el debate público, bien porque eran totalmente pertinentes bien por el momento del año en que se emitían (la Semana Santa), bien porque se plantean con frecuencia (los límites del humor en relación con el fenómeno religioso). Todos estos elementos dan pie a un margen muy amplio en favor de la libertad de expresión”.

En una resolución conocida este lunes, el juez admite que “es plenamente comprensible y respetable que el gag pueda incomodar a determinadas personas, pero dicho sentimiento no es suficiente como para entender que ha habido un exceso en la libertad de expresión”. Asimismo, considera que la polémica generada por el gag forma parte del “intercambio de ideas y opiniones” y hace una defensa del género humorístico. “Debe tenerse en cuenta que la sátira es una forma de expresión artística que por sus inherentes rasgos de exageración y distorsión de la realidad tiene una finalidad provocadora y agitadora”.

Finalmente, el juez valora que el gag no ha supuesto una “perturbación en la libertad religiosa de los que profesan la religión católica” ni tampoco una incitación al odio. “No se aprecia tampoco ningún comentario que pueda suponer incitación al odio, hostilidad o violencia frente a personas que profesan la fe católica”, remata el juez.

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