Ábalos recurre su ingreso en prisión y reprocha al juez haberla ordenado solo para buscar “una declaración colaborativa”
La defensa del exministro asegura que los indicios contra él “ni son absolutos, ni son tan contundentes como pretende hacer valer” el instructor


Cuando se cumple una semana desde que fue enviado a prisión provisional, el exministro José Luis Ábalos ha recurrido este jueves su encarcelamiento al considerar que los principales argumentos en los que se basó el magistrado Leopoldo Puente para tomar esa decisión (evitar el riesgo de fuga para asegurar la celebración del juicio) resultan ser, en este caso, “una quimera”. “Ante la ausencia de cualquiera de las finalidades propias de la prisión provisional, resulta inevitable no pensar en que la medida cautelar únicamente tiene como objetivo fomentar una declaración colaborativa al estilo de la del imputado Aldama tras su paso por un centro penitenciario”, señala su defensa en el escrito, de 49 páginas, presentado en el Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso EL PAÍS.
El juez Puente envió a prisión hace una semana a Ábalos y a quien fuera su antiguo asesor, Koldo García, después de que se lo reclamaran la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares (dirigidas por el PP). El juez instructor, que hasta ahora había rechazado acceder a las peticiones consideró que ahora, una vez que las acusaciones han presentado sus peticiones de cárcel de cara al futuro juicio, existe riesgo de fuga, uno de los requisitos que establece la ley para poder decretar la prisión preventiva.
El abogado del exministro, Carlos Bauitista, sostiene en su recurso, sin embargo, que el magistrado no ha explicado en qué se basa para considerar que existe el peligro de que Ábalos se fugue. El letrado reprocha al instructor que haya puesto con esta decisión “el lamentable colofón a la irrealidad en la que flota la presente instrucción” y sostiene que los indicios que dice ver el juez para incriminar a Ábalos “ni son absolutos, ni son tan contundentes como pretende hacer valer”.
El abogado considera que en las conclusiones a las que llega la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil abundan las “contradicciones e incongruencias”, y son, claramente insuficientes para sostener una acusación que ha llevado al exministro a prisión. “Básicamente, consisten en un informe patrimonial contradictorio elaborado por la unidad actuante y en las declaraciones de un arrepentido, soportadas por una copia del BOE subrayada en colores chillones, unidos a datos que son una pura especulación de la fuerza investigadora- tan alejada por cierto del rigor que siempre muestra la Jefatura de Información de la Guardia Civil-, que han sido hechos suyos por la acusación y por el Excmo. Magistrado instructor”, señala Bautista. El abogado recalca que el eje central” de “las cábalas” de la Guardia Civil asumidas por el juez es que existe “una ingente cantidad de dinero no encontrada” y en poder de Ábalos, pero no hay ninguna prueba de ello en el sumario de la causa. Tampoco hay prueba, señala el abogado, para vincular al exministro con los 10.000 euros que, según el comisionista Víctor de Aldama, entregaba mensualmente a Koldo García para que se lo repartiera con su entonces jefe.
El letrado desgrana algunas de estas discrepancias que considera que existen en la investigación. “Así, se destacan aspectos fragmentarios y parciales provenientes del informe patrimonial- que no hubo egreso en las cuentas- y se silencian otros, como es que el gasto en tarjetas de crédito permaneció casi incólume entre por parte alguna”. Bautista afirma, además, que “solo tergiversando los números” los agentes han llegado a cerrar una cifra de “apenas 95.000 euros en diez años” de gastos de los que no hay rastro bancario, lo que hace una cantidad “de apenas 9.500 euros al año”. “Pues bien, una supuesta comisión por este importe debida a la adjudicación de material sanitario y otras facilidades ante distintas administraciones se antoja bastante irrisoria”, señala.
El abogado reprocha también al juez haber pasado por alto que el ejercicio de la función pública que desarrolla un ministro “afecta al comportamiento habitual en la vida privada”. “Prácticamente, todo se convierte en actividad oficial. No se tiene en cuenta ni se ha valorado que, en el periodo en el que el Sr. Ábalos fue ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (de junio de 2018 a julio de 2021), tuvo cubiertos prácticamente la mayoría de los gastos sin necesidad de realizar disposiciones bancarias ni desembolsos, una circunstancia que se extiende a cualquier otro miembro del gobierno de España”, asegura Bautista.
El abogado abunda en que la Guardia Civil basa sus informes en “inferencias y no hechos”: “No se puede, como hace la unidad actuante en referencia a la UCO], afirmar a la vez que las cuentas de nuestro cliente ‘aparecen equilibradas’ y que solo ‘se observa un volumen de gasto superior’ y, a la vez, hablar de fuentes ocultas de efectivo. Contradicción a la que no ha sido capaz de dar respuesta el instructor, que asume las conclusiones del equipo investigador a pies juntillas, ahora en el Auto que se recurre”, señala el letrado, que también considera que el magistrado no ha argumentado por qué ahora existe riesgo de fuga “extremo”, como señaló en el auto por el que acordó la prisión provisional. “Sin variación de circunstancias personales- ha pasado un mes, no dos años, entre una vistilla y otra-, se pasa de acordar la puesta en libertad de nuestro representado a dictarse su ingreso en prisión. La única diferencia entre una u otra situación es la existencia de escritos desaforados de acusación en lo que se acumulan muchos años de prisión”, lamenta.
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