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Tráfico dará de baja temporalmente a los vehículos dañados por la dana

La medida evitará que los propietarios tengan que pagar el impuesto municipal al no constar en el padrón el próximo 1 de enero

F. Javier Barroso
Varios coches, que fueron arrastrados por el agua tras el paso de la dana, almacenados en un descampado en Paiporta este viernes.
Varios coches, que fueron arrastrados por el agua tras el paso de la dana, almacenados en un descampado en Paiporta este viernes.Biel Aliño (EFE)

Los propietarios de vehículos que se hayan visto afectados por la dana que asoló la provincia de Valencia y también Castilla-La Mancha, Andalucía, Islas Baleares y Aragón entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre tendrán facilidades para realizar gestiones ante la Dirección General de Tráfico (DGT), en especial si tienen que dar de baja temporal los automóviles. Tráfico ha informado este viernes de que ha abierto varios canales para presentar las solicitudes y se ha reducido la documentación que tienen que presentar ante este organismo. Bastará una declaración responsable de que se ha perdido o se desconoce donde se encuentra el coche, la motocicleta o el camión afectado.

La DGT va a aplicar el artículo 69 de la Ley del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, lo que permite que haya exención de tasas —no habrá que pagar nada por parte del afectado— en caso de pedir la baja temporal, solicitar duplicados de los permisos de circulación o conducción perdidos como consecuencia de la dana.

Los canales habilitados por la DGT para presentar las solicitudes de estos trámites extraordinarios son el teléfono 060, principalmente para personas que no dispongan de medios telemáticos, la página web de DGT en el que se realizará la solicitud mediante formulario y que estará disponible en los próximos días y en la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia. Además, para solicitar las bajas temporales del vehículo, también se suman los gestores administrativos, colaboradores de la Administración en lo que a procedimiento de tramitación se refiere, según ha informado la DGT.

Estos son los trámites extraordinarios que se pueden realizar:

La baja temporal de un vehículo. La DGT anotará dicha baja de oficio para todos los vehículos de los que tenga conocimiento y que se hayan visto afectados por la dana. Esta información la recibirán a través del Consorcio de Compensación de Seguros y de las autoridades correspondientes de la Comunidad Valenciana.

Los vehículos que no sean identificados por el Consorcio o la Generalitat podrán ser dados de baja por los propietarios, mientras se gestionan los expedientes de indemnización por los daños del vehículo o la reparación del mismo.

El objetivo de esta baja temporal es beneficiar al titular del vehículo afectado y fuera de la circulación que no tenga que liquidar el impuesto de circulación el 1 de enero de 2025. En esta situación administrativa de baja temporal supone que no se pagará este impuesto.

Para ello solamente necesitará rellenar un simple formulario y declarar de forma responsable que la solicitud de la misma se debe a que su vehículo se ha visto afectado por la DANA en octubre de 2024.

Duplicado de permiso de conducción. El titular de un permiso de conducción que lo haya extraviado o que haya resultado destruido por la dana podrá solicitar por los mismos canales el duplicado. Este será remitido al interesado a la dirección existente en el Registro General de Conductores que conste en la DGT o a la Jefatura Provincial de Tráfico. De nuevo, tan solo se necesitará una declaración responsable.

La baja definitiva de un vehículo. Si una vez que es localizado el vehículo, el titular decide darlo de baja definitiva a la vista de los daños que ha sufrido, el afectado deberá contactar con un centro autorizado de tratamiento medioambiental para su destrucción. Estos centros, recuerda Tráfico, son los únicos autorizados para descontaminar y destruir los vehículos conforme a criterios ambientales y expedirán el correspondiente certificado de destrucción que entregarán al titular de dicho vehículo.

Una vez que conste en el Registro de Vehículos de la DGT la información de la baja definitiva de los vehículos, se les facilitará a los ayuntamientos para la actualización de su parque y la gestión del impuesto de circulación.

La DGT ha recordado que a través de la aplicación MiDGT el ciudadano puede acceder a toda la información sobre sus vehículos, la documentación de los mismos y el propio permiso de circulación. También se tiene acceso al permiso de conducir electrónico, que tiene la misma validez en todo el territorio nacional que el emitido en soporte en papel.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Soy redactor de la Unidad de Edición de EL PAÍS, periódico al que llegué en 1994 para trabajar en la sección de Madrid. He colaborado en la SER, Onda Madrid, TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, estoy especializado en Sucesos y Tribunales. Además, soy abogado y criminólogo.
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