El Gobierno tergiversa el dictamen de la Audiencia de Madrid sobre el ‘caso Begoña Gómez’
La ministra portavoz, Pilar Alegría, asegura que el tribunal consideró la causa como una “investigación prospectiva”, pero la Audiencia dijo todo lo contrario
La ministra portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, ha tergiversado este martes el último dictamen de la Audiencia Provincial de Madrid sobre el caso Begoña Gómez. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la representante del Ejecutivo ha asegurado que el tribunal consideró que las pesquisas impulsadas por el juez Juan Carlos Peinado contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, constituyen “una investigación prospectiva”. Sin embargo, la resolución de la Audiencia descartó, precisamente, ese extremo.
A preguntas de los periodistas, Alegría ha expresado por primera vez la opinión del Gobierno sobre el fallo emitido este lunes por el tribunal provincial, que rechazó archivar la instrucción de Peinado —aunque la acotó al dejar fuera la parte relativa al rescate de Air Europa—. “La Audiencia señala que hay una investigación prospectiva, genérica e imprecisa. Y le afea [al juez] que esto sea así”, ha aseverado la ministra portavoz. Pero el tribunal provincial no dijo eso.
Según consta en la resolución, los magistrados descartaron explícitamente esa posibilidad, que alegó el abogado de la mujer de Sánchez, imputada por corrupción de los negocios y tráfico de influencias. En su fallo, la Audiencia explica que una causa “prospectiva” es aquella “investigación que se inicia de forma indeterminada en búsqueda de posibles conductas delictivas sin una mínima concreción y sospechas fundadas”. Pero a continuación añade, en referencia al caso Begoña Gómez, que no se puede considerar como tal aquella instrucción que, “partiendo de una conducta racionalmente sospechosa (ejercicio de influencia o promesa de ejercicio para condicionar la toma de decisiones públicas a cambio de ventajas indebidas), inicia una amplia indagación que permita conocer con detalles todas aquellas circunstancias que pueda influir y determinar en su calificación”.
De hecho, los jueces recalcan que una instrucción judicial es un “objeto vivo, moldeable y de decantación sucesiva, hasta el punto [de] que no queda determinado en sus concretos términos hasta el momento de elevar a definitivas las conclusiones en el acto del juicio oral una vez practicada la totalidad de la prueba admitida”. Es más, el tribunal considera que existen “indicios” para seguir adelante con la causa. De haberla considerado prospectiva, tendrían que haberla anulado, como pedía la defensa de Gómez, ejercida por el exministro socialista Antonio Camacho.
La Audiencia Provincial sí reprocha al juez una frase incluida en uno de sus autos, que decía que indagaba en “todos los actos, conductas y comportamientos, que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es el presidente del Gobierno, que se contienen en la denuncia inicial”. El tribunal critica esas palabras concretas del juez, cuya “redacción” califica como “genéricas” e “imprecisas”; pero solo en referencia a esa frase, y no a toda la instrucción, como ha dicho Pilar Alegría este martes.
En la rueda de prensa, la ministra portavoz ha apuntado también que la Audiencia ha “acotado al máximo” el “ámbito de actuación” de la instrucción judicial. Sin embargo, el tribunal podía haber restringido mucho más la investigación, como así solicitaba la Fiscalía. Y, a su vez, Alegría ha pronosticado que, “con esta resolución, parece claro que se aproxima el archivo de la causa”. A este respecto, el dictamen del tribunal provincial advirtió que las pesquisas de Peinado se encuentran “en una fase muy inicial”.
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