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La Audiencia de Sevilla impone 14 meses de cárcel a un exalcalde de Los Palacios en una pieza separada de los ERE

Los magistrados consideran que el condenado era consciente de la ilegalidad de la ayuda de 750.000 euros para la construcción de un centro ecuestre que nunca se realizó

El exalcalde de la localidad sevillana de Los Palacios, Antonio Maestre, a su llegada a la Audiencia de Sevilla para declarar en la causa de los ERE por la que ha sido condenado. / EP
El exalcalde de la localidad sevillana de Los Palacios, Antonio Maestre, a su llegada a la Audiencia de Sevilla para declarar en la causa de los ERE por la que ha sido condenado. / EP
Eva Saiz

Mientras el Tribunal Constitucional ha redefinido el alcance de las responsabilidades penales de los ex altos cargos de la Junta de Andalucía en la llamada pieza política de los ERE, en los tribunales se sigue dirimiendo la legalidad de las ayudas sociolaborales que se otorgaron de manera concreta con cargo a la controvertida partida 31L de los Presupuestos autonómicos. Es el caso de la última sentencia que ha dictado la Audiencia de Sevilla en una de las más de 100 piezas separadas que siguen pendientes de resolución. La Sección Primera ha condenado a 14 meses de cárcel al exalcalde del municipio sevillano de Los Palacios, Antonio Maestre, como cooperador necesario por un delito de malversación, en concurso de otro de prevaricación, relacionado con la percepción de 750.000 euros en ayudas de la Junta de Andalucía para la construcción de un centro ecuestre, que nunca se realizó.

Los magistrados también han condenado a una interventora accidental del Ayuntamiento a un año de cárcel por los mismos delitos y han absuelto al predecesor de Maestre, Emilio Amuedo, que fue alcalde entre 1994 y 2004, por entender que, en su caso, los delitos habían prescrito. A los condenados se les ha impuesto la atenuante de dilaciones indebidas, algo que viene siendo habitual en los fallos de las piezas separadas de los ERE, por lo dilatado de la instrucción y la resolución de cada uno de los procedimientos.

De acuerdo con el relato de los hechos probados, en 2003, Amuedo, entonces alcalde de Los Palacios, suscribió con quien era director general de Trabajo, el fallecido Javier Guerrero —principal condenado en la pieza política― un protocolo de colaboración que incluía una ayuda excepcional de seis millones de euros para la construcción y puesta en funcionamiento de un complejo dedicado a actividades ecuestres. Ese protocolo incluía un plan de viabilidad que debía cumplir el Ayuntamiento que, de acuerdo con los magistrados “no aparecía unido” al acuerdo “ni ha sido localizado”.

Pese a todo, el consistorio de Los Palacios recibió tres pagos por un total de 750.000 euros, el primero en marzo de 2004, y el segundo y el tercero en febrero y mayo de 2005, cuando ya era alcalde Maestre (lo fue hasta 2011), “a pesar de que se había prescindido de una forma total del procedimiento legalmente establecido”, sostienen los magistrados. En su sentencia aseguran que los tres acusados “eran plenamente conscientes” de que esa legalidad se había incumplido en la concesión y recepción de la ayuda excepcional y que Amuedo, al firmar el protocolo con Guerrero, “conocía que no había existido solicitud formal de ayuda y que no se había cumplimentado documentación alguna al respecto”.

Respecto de Maestre, la sala considera que, como cuando se firmó ese convenio con la Junta él “había pertenecido al equipo municipal”, “conocía” ese protocolo y que, tras su elección como alcalde en 2004 “ejecutó las actuaciones necesarias para obtener el resto de las cuantías concedidas”. Sobre la interventora, los magistrados destacan que “a pesar del pleno conocimiento de falta de cumplimiento de la legalidad y de la ausencia de cualquier documentación mínimamente exigible, dio el visto bueno al convenio de colaboración”, y tampoco efectuó “una fiscalización real” de los ingresos y pagos derivados de esa ayuda.

Los magistrados llaman la atención sobre el hecho de que Maestre incluyera en los presupuestos municipales la realización de ese proyecto “de forma que se evitaba la devolución de las cantidades recibidas”, la construcción del centro ecuestre “no llegó a ejecutarse” y “no se conoce el destino que tuvo la cantidad recibida como ayuda excepcional”.

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Finalmente, esos 750.000 euros fueron devueltos tras ser reclamados por la Consejería de Empleo en una comunicación de reintegro que la interventora respondió el 12 de febrero de 2013, y en el que ella corregía a la administración y reconocía que la cantidad que debía reembolsar no eran 700.000 euros, como se exigía, sino 750.000. Por este motivo, los magistrados le han aplicado la atenuante de reparación del daño “porque contribuyó a la devolución íntegra por el Ayuntamiento de todos los importes recibidos de forma ilícita”. La cantidad finalmente abonada a la Junta fueron 886.155,32 euros (incluyen los intereses), motivo por el que sus servicios jurídicos no han reclamado responsabilidad civil.

Los magistrados concluyen que se debe absolver a Amuedo, el regidor que firmó el protocolo a sabiendas de su ilegalidad, porque en el momento en el que se le citó a declarar en virtud de este procedimiento, 20 de octubre de 2016, ya habían “transcurrido más de 10 años” desde la comisión del delito de prevaricación, que fue el 20 de marzo de 2003, cuando se cerró el acuerdo. El mismo razonamiento se sigue para la prescripción de la malversación, ya que la primera recepción de las ayudas, por importe de 50.000 euros, se produjo el 5 de marzo de 2004.

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Sobre la firma

Eva Saiz
Redactora jefa en Andalucía. Ha desarrollado su carrera profesional en el diario como responsable de la edición impresa y de contenidos y producción digital. Formó parte de la corresponsalía en Washington y ha estado en las secciones de España y Deportes. Licenciada en Derecho por Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE y Máster de EL PAÍS.
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