El Ministerio de Justicia indemnizará con 54.650 euros a un activista que pasó 16 meses en prisión acusado de terrorismo
El joven, que quedó absuelto tras una instrucción repleta de dudosos indicios, padece depresión y estrés postraumático por el régimen de aislamiento
La sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional ha obligado al Ministerio de Justicia a indemnizar con 54.650 euros al joven activista Juan Manuel Bustamante, conocido como Nahuel, quien pasó 16 meses en prisión acusado de terrorismo, entre el 4 de noviembre de 2015 y el 8 de marzo de 2017, y que en julio de 2018 fue absuelto, al igual que el resto de miembros de su grupo activista, Straight Edge, de anarquistas veganos. La sala no solo ha tenido en cuenta el tiempo que estuvo encarcelado por un delito que no había cometido, sino las secuelas que padece tras haber pasado por cinco cárceles y “el severo régimen penitenciario aplicado” por el tipo de delito del que fue acusado: “Un trastorno de estrés postraumático así como una depresión grave”, según recoge el informe pericial aportado al proceso, además del “impacto negativo que para la honorabilidad del recurrente tuvo la repercusión del caso en los medios de comunicación, con particular incidencia en internet”.
Nahuel fue detenido en Madrid, con otros cinco jóvenes de entre 19 y 25 años, en noviembre de 2015 en la llamada Operación Ice, acusados de formar parte de un grupo terrorista anarquista. El sumario del caso, como reveló en su momento EL PAÍS, se basaba en pruebas dudosas y escasas, como la de tomar como indicio de explosivos simples productos de limpieza y hasta caldo de lombarda hallados en casa de algunos de los acusados, un supuesto comando de terroristas veganos que almacenaba bombas y habría atacado sucursales bancarias para subvertir el orden institucional. Ninguno de los detenidos tenía antecedentes penales computables. La instructora del caso fue la jueza Carmen Lamela, ahora en el Tribunal Supremo.
Posteriormente, la Fiscalía, al no considerar acreditada ni la pertenencia a organización terrorista, ni los ataques a bancos o la tenencia de explosivos, pidió para ellos dos años de cárcel por “enaltecimiento del terrorismo” a través de diversos tuits, post y vídeos que el grupo había difundido en redes sociales. Estos son algunos ejemplos: “Muerte al capital con el añadido de una A en un círculo y las letras SXE Mad [siglas del grupo]”; “Bajo la capucha: Yo tapo mi cara, tú tapas la realidad”; “Cuando la injusticia es insoportable, revelarse [sic] es una respuesta natural a la violencia institucionalizada del Estado. Negarse a ello sería responsabilizarse de la miseria y de su violencia”. La Audiencia Nacional absolvió finalmente a los seis acusados en julio de 2018 al entender que esas manifestaciones en redes sociales no suponían “riesgo de acometer actos de terrorismo, ni siquiera en abstracto” y que los acusados mostraban “una posición de rebeldía”, pero que “en modo alguno” podía deducirse “un ataque directo o indirecto al Estado y sus instituciones”. La sentencia también recoge los orígenes del grupo, que forma parte de un movimiento internacional, “inicialmente musical”, que propugna “el rechazo a las drogas, el tabaco y el alcohol”. En uno de los informes policiales que había servido para acusarles, se detalla como hallazgo útil para la investigación un botellín de cerveza vacío en el domicilio de uno de los arrestados: “No tendría relevancia de no ser por el hecho de que el colectivo se caracteriza por su rechazo al alcohol y las drogas, por lo que cabe pensar que el objetivo de tener ese botellín es con el único fin de realizar cócteles molotov”, asegura el informe. El hecho de que el detenido guardara una caja de madera y una de metal con símbolos del grupo también les llevó a “pensar que es el encargado de la financiación de la organización”.
Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal en la Universidad Autónoma de Madrid, subraya la ridiculez de pensar que se puede hacer un cóctel molotov en un botellín de cerveza y llama la atención sobre los problemas de fondo que refleja este caso: “No podemos estar jugando con el concepto de terrorismo. La mayoría de países de nuestro entorno que han sufrido terrorismo han vinculado muy intensamente el terrorismo al ejercicio de la violencia, a los hechos específicamente terroristas. Unos desórdenes públicos, por ejemplo, no pueden ser terroristas. El problema en España es que todo puede ser interpretado como terrorismo si se comete con el ánimo adecuado”. Cancio es uno de los catedráticos que ha suscrito el manifiesto de UGT y CC OO con otros 71 juristas que alerta de que una “interpretación extensiva, imprecisa o carente de rigor” del delito de terrorismo “puede que acabe dañando derechos fundamentales que deben ser protegidos”. Por ejemplo, aplicando esa misma calificación, la de terrorismo, “a las tractoradas de los agricultores”. Pero los 16 meses de cárcel de Nahuel reflejan, a juicio de Cancio, que, además, “en España se abusa mucho de la prisión preventiva. Los jueces se curan en salud. En este caso no estaba justificada. Incluso manteniendo la imputación podrían haber evitado la prisión preventiva porque no se había cometido ningún hecho grave”.
Nahuel pasó 16 meses en prisión, alejado de su familia —fue enviado, entre otras, a una cárcel de Sevilla— con presos considerados peligrosos, recluido en la celda 22 horas al día, en régimen de aislamiento, según explica Daniel Amelang, de Red Jurídica, que asistió al grupo de activistas, hasta que Lamela decidió ponerlo en libertad. “Durante el primer mes”, añade, “no le dieron comida vegana y él solo comía patatas y pan”. Otro miembro del grupo pasó 11 días en prisión preventiva y también ha sido indemnizado. El grupo, que se conoció en el 15-M, se ha disuelto. Algunos se han trasladado a vivir a otra ciudad para tratar de “empezar de nuevo”.
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