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El Supremo da el primer paso para juzgar al senador del PP Manuel Baltar por conducir a 215 kilómetros por hora

La magistrada Ana Ferrer concluye que el dirigente popular superó en más de 80 kilómetros la velocidad máxima permitida cuando circulaba por la provincia de Zamora

El senador Manuel Baltar atiende a los medios de comunicación durante un mitin celebrado el pasado 11 de mayo en la provincia de Ourense.
El senador Manuel Baltar atiende a los medios de comunicación durante un mitin celebrado el pasado 11 de mayo en la provincia de Ourense.Brais Lorenzo (EFE)
Óscar López-Fonseca

El expresidente de la Diputación de Ourense y actual senador del PP, José Manuel Baltar Blanco, está desde este jueves un poco más cerca del banquillo de los acusados La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha dictado un auto en el que propone juzgar al político por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir en abril del año pasado un coche a 215 kilómetros por hora en un tramo de la autovía A-52 a la altura de Asturianos (Zamora) donde la velocidad máxima permitida es de 120.

La instructora ha dado traslado de las actuaciones a la Fiscalía para que, en el plazo de 10 días, solicite el sobreseimiento de la causa o la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación. Cuando la causa se tramitaba en un juzgado de Zamora ―antes de ser elegido senador y, por tanto, antes de que pasase a estar aforado―, el ministerio público ya pedía una pena de multa de seis meses a razón de 10 euros al día y un año de retirada del carné de conducir.

En su resolución, Ferrer recalca que, de “la simple lectura de los hechos”, se concluye que la conducta del senador del PP es una de las que la ley contempla como “merecedoras de reproche penal, en cuanto estadísticamente más arriesgadas para la seguridad en el tráfico rodado. Ello en la lógica de que incrementa inadmisiblemente el riesgo de daños personales y materiales, quien conduce a una velocidad superior a los límites previstos”, recalca la magistrada. Y añade que “la imputación tanto objetiva en relación con los hechos, como la subjetiva en lo que concierne a la intervención en los mismos del investigado, se sustenta en los datos incorporados al atestado” por la Guardia Civil, así como las sucesivas ampliaciones que los agentes del instituto armado hicieron.

La normativa establece que la infracción por exceso de velocidad en vías interurbanas es un delito contra la seguridad del tráfico si se supera en más de 80 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida por el reglamento. No obstante, contempla un margen de error en los radares que, según la jurisprudencia del propio Supremo, es de un 5% en los radares fijos, como era el caso del dispositivo que captó la infracción de Baltar. Pese a esa reducción, que deja su velocidad aquel día en 204 kilómetros por hora, el senador popular habría superado en cuatro kilómetros el exceso de 80 que marca el límite para ser considerado delito.

El suceso que ha puesto al borde del banquillo a Baltar se produjo en la tarde del 23 de abril de 2023, cuando el dirigente gallego del PP circulaba al volante de un coche oficial por la A-52 a una velocidad muy superior a la permitida. La Guardia Civil lo paró y lo sancionó con una multa de 600 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir. Eran las 18.40 horas. Según fuentes de la Subdelegación del Gobierno en Zamora, en un principio el asunto se tramitó como una infracción administrativa, pero el instituto armado comprobó que el exceso de velocidad de Baltar entraba dentro de los límites para ser considerado un presunto delito contra la seguridad vial y lo envió a la justicia. En un primer momento, la causa recayó en un juzgado de la provincia donde se cometió el delito, pero tras acreditarse que el que fuera líder del PP orensano había pasado a ser miembro del Senado y, por tanto aforado, pasó al Supremo.

Baltar, que cuando se transcendió la infracción lo achacó a un “despiste”, declaró ante la jueza Ferrar el pasado diciembre. Entonces negó que condujera a la velocidad que reflejaba el atestado y se opuso a la investigación del Supremo con el argumento de que ya había pagado una multa por la infracción administrativa y que, por tanto, en su opinión, el expediente debió archivarse. La magistrada, con el respaldo de la Fiscalía, rechazó sus alegaciones y continuó con la causa. En marzo, el Supremo pidió el suplicatorio al Senado para poder actuar contra él.

Este incidente ya le ha costado en parte a Baltar su puesto en la Diputación de Ourense, del que dimitió en junio, dos meses después del suceso, para facilitar que este organismo tuviera un presidente del PP, según argumentó tras dejar el cargo. Los populares habían perdido la mayoría absoluta en la provincia en las elecciones municipales del 28-M del año pasado y, para mantener el poder, dependía de un pacto con el partido independiente Democracia Ourensana, dirigido por Gonzalo Pérez Jácome, alcalde de la capital provincial. La investigación por el supuesto delito contra la seguridad complicaba el pacto y el líder popular dio entonces un paso al lado.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.
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