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El plan para el transporte que ha caducado en solo una semana

El Congreso validó el jueves pasado el real decreto-ley que permitía revisar los contratos en el caso de grandes subidas del precio del combustible

Varios transportistas el martes en el Polígono Industrial Barral, en San Fernando de Henares (Madrid), en el noveno día de paro nacional.
Varios transportistas el martes en el Polígono Industrial Barral, en San Fernando de Henares (Madrid), en el noveno día de paro nacional.Isabel Infantes (Europa Press)
Elena San José

Tres días después de que los transportistas iniciaran, el lunes 14 de marzo, un paro indefinido, el Congreso de los Diputados validó, por un amplio consenso, el real decreto-ley con el que el Gobierno pretendía dar respuesta a algunas de las reivindicaciones históricas del sector, con el que había llegado a un acuerdo en diciembre. La votación del jueves 17 se saldó con 283 votos a favor, ningún voto en contra y 59 abstenciones distribuidas entre Vox, Bildu, BNG, CUP y un exdiputado de Ciudadanos ahora incluido en el grupo mixto.

Aunque la mayoría de los grupos favorables a la ley reprocharon la tardanza de las medidas y señalaron las cuestiones que quedaban pendientes, todos celebraron, con mayor o menor entusiasmo, un avance que apenas una semana después aparece como obsoleto.

Entre las medidas que se aprobaron entonces destaca la prohibición general —salvo excepciones puntuales y previo acuerdo escrito y explícito— de la participación de los transportistas en las operaciones de carga y descarga de mercancía. Debido a la atomización del sector, compuesto sobre todo por pequeñas empresas y trabajadores autónomos o por cuenta ajena, constituía uno de los abusos más denunciados. Con la nueva norma, ha pasado a considerarse una infracción muy grave sancionable con entre 4.001 y 6.000 euros. En caso de acuerdo previo para los supuestos en los que se permite que el transportista se haga cargo de la operación —por ejemplo, en mudanzas y guardamuebles—, el porteador recibirá un pago complementario y diferenciado por la actividad, que deberá figurar en la factura.

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, en una sesión plenaria en el Congreso.

Con el fin de paliar el impacto de la escalada de precios, el gran caballo de batalla de estos días, el decreto-ley amplió a todos los combustibles, más allá del gasóleo —el único contemplado hasta entonces—, la posibilidad de reajustar el importe de los contratos de transporte por carretera cuando el coste del carburante, desde que se firma el acuerdo hasta que se ejecuta, varíe un 5% o más del previsto inicialmente. Excepcionalmente, en los contratos públicos de obras —y en los privados previstos por la ley—, la revisión de precios se puede aplicar también a los que se encontraban en ejecución cuando entró en vigor la norma.

El respeto a los periodos de descanso del trabajador, así como a los tiempos máximos de conducción, también salió reforzado. En concreto, se añadieron cinco supuestos de infracción muy grave en la ley que lo regula: realizar en un vehículo o en alojamientos no apropiados los periodos de descanso semanal, la imposibilidad de que el conductor regrese a su centro operativo o a su lugar de residencia como consecuencia de una mala organización de la empresa, y la falta de compensación por descansos reducidos consecutivos, principalmente. En función de la falta cometida, la multa puede ir de los 1.001 a los 6.000 euros.

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La norma buscó también neutralizar a las llamadas “empresas buzón”, que operan fuera de los Estados en los que están asentadas, pero disfrutan de los beneficios fiscales de esos territorios. Entre otras cuestiones, incluyó como infracción muy grave el “desplazamiento fraudulento” de trabajadores por empresas que no desempeñan actividades sustantivas en el territorio en el que están establecidas.

Además, la nueva regulación redujo de dos horas a una el tiempo que el conductor debe esperar a que finalice la operación para poder reclamar una indemnización por estar inmovilizado en el punto de descarga; y reforzó los sistemas de inspección para comprobar el cumplimiento de las medidas adoptadas.

Entre el resto de disposiciones, el Congreso secundó la creación —por parte del Ministerio de Transportes en colaboración con los representantes del sector— de un Código de Buenas Prácticas Mercantiles, que contará con una Comisión de Seguimiento. Finalmente, se elaborará un registro con las empresas que decidan adherirse a este Código, a las que se dará publicidad en la sede electrónica del Ministerio.

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Elena San José
Es periodista de EL PAÍS en la Redacción de Ciudad de México.

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