Recurrir los indultos: un camino plagado de dudas
Los partidos buscan vías para intentar convencer al Tribunal Supremo de que están legitimados para impugnar las medidas de gracia
Los recursos presentados este jueves en el Tribunal Supremo por Vox y Ciudadanos abren la batalla judicial para revocar los indultos concedidos a los nueve líderes del procés condenados por sedición. Las medidas de gracia son por ley irrevocables, pero pueden recurrirse ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal. No obstante, son muy pocos los recursos que progresan, porque el propio Supremo admite que su control se limita a garantizar que los motivos de la medida están recogidos en el expediente del procedimiento. Y, además, en el caso de las impugnaciones anunciadas ahora, se suman las dudas sobre quién está legitimado para recurrir las medidas de gracia. Los juristas solo ven clara la legitimidad de la Fiscalía, que no tiene intención de hacerlo.
La decisión de admitir o no los recursos presentados por Vox y Ciudadanos (y el anunciado por el PP) la tomará la Sala de lo Contencioso. En principio, corresponde a la sección quinta, que es la que tiene encomendadas todas las impugnaciones de indultos que llegan al Supremo. Con todo, algunas fuentes del tribunal no descartan que el asunto se lleve al pleno por su interés para fijar la doctrina sobre la legitimidad de los partidos o de representantes políticos para impugnar medidas de gracia, un tema sobre el que el alto tribunal nunca se ha pronunciado expresamente.
La legitimización
La Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa considera legitimadas para participar en procesos judiciales a “las personas físicas o jurídicas que ostenten un derecho o interés legítimo”. En esta jurisdicción no hay una acción pública como tal, por lo que los recurrentes tienen que demostrar que son afectados o perjudicados directos de la medida que impugnan; en este caso, los indultos.
Aunque el alto tribunal no tenga una jurisprudencia específica sobre la legitimación de los partidos o de representantes políticos para recurrir indultos, sí ha tenido que pronunciarse sobre ello en algunas ocasiones, como ante el perdón otorgado al banquero Alfredo Sáenz. En aquella ocasión, el Supremo no admitió los recursos presentados por los diputados Joan Coscubiela y Laia Ortiz. El ponente de aquel auto fue el hoy presidente del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, que concluyó que la legitimidad para recurrir “no puede fundarse en el simple hecho del cargo público que desempeñan, pues su campo de actuación propio es la representación política, pero no el de la genérica defensa de la legalidad ante los tribunales”. Lesmes, además, advertía de una consecuencia “inmediata” de abrir la puerta a los recursos de los partidos y los diputados: “La apertura de la legitimación para recurrir a innumerable número de personas y grupos”.
Este razonamiento zanja, según muchos juristas, las dudas sobre si los partidos pueden recurrir los indultos del procés, por eso los partidos están buscando otras vías para convencer al tribunal.
Vox como acusación popular
Vox apuesta por ampararse en el papel de acusación popular que jugó en el juicio a los líderes independentistas, una condición que tampoco le habilita directamente para impugnar la medida de gracia porque existe discrepancia sobre si las acusaciones populares de un proceso penal pueden recurrir los indultos o si solo pueden hacerlo quienes estén directamente afectados por los delitos que se indultan. Así lo entendió la Sala de lo Penal en un auto dictado en mayo pasado en el que rechazó la petición de Vox de presentar alegaciones contra los indultos del procés. Los magistrados denegaron la participación del partido de Santiago Abascal con el argumento de que la acusación popular “no se encuentra contemplada como una de las partes que legítimamente pueden intervenir en el expediente de indulto”.
Por su parte, tanto el PP como Ciudadanos han anunciado que presentarán sus recursos no a nombre de la formación, sino a título individual de algunos diputados. Es lo que hizo ayer Inés Arrimadas, que impugnó personalmente las medidas de gracia junto a los diputados José María Espejo y Carlos Carrizosa alegando que son “víctimas singularizadas de los delitos de los indultados” porque los tres eran diputados del Parlament en 2016 y 2017, “cuando se aprobó el andamiaje jurídico de la vía unilateral a la independencia por la que han sido condenados los ahora indultados”, según el escrito presentado ante el Supremo. La sedición fue posible, recoge el texto, “sobre la base del atropello a los derechos” de Arrimadas, Espejo, Carrizosa y el resto de diputados de partidos que se opusieron a la tramitación de las leyes de ruptura.
Juristas y magistrados consultados dudan de que estos argumentos puedan ser asumidos por el Supremo. “La sedición según la sentencia no fue por aprobar unas leyes, sino por inducir a los ciudadanos a desobedecer a la policía e ir a votar. Se puede pensar que va todo unido, pero en mi opinión no se puede decir que los diputados de todos los partidos contrarios a la independencia sean afectados directos del indulto, que es de lo que se trata”, señala un catedrático de Derecho Penal que pide mantenerse anónimo.
También se presenta como representante de “víctimas del procés” la entidad Convivencia Cívica Catalana, que recurrió la medida de gracia el pasado miércoles. “Ser una asociación de ciudadanos de Cataluña que sufrimos en primera persona los efectos de los hechos delictivos cometidos por los indultados nos confiere un interés directo en la actuación administrativa, que nos otorga plena legitimación procesal para impugnar los indultos”, señala la entidad en su escrito. Admitir este argumento implicaría legitimar para recurrir a todos los catalanes, e incluso los españoles, no independentistas, advierten los juristas.
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