Absueltos siete acusados de enviar material militar a grupos yihadistas
La Audiencia Nacional descarta que los productos tuviesen como destino organizaciones terroristas
La Audiencia Nacional ha infligido un duro golpe a la Policía, al rechazar la tesis vertida por los agentes contra siete personas acusadas de enviar material militar a Siria e Irak para ayudar a grupos yihadistas: incluido componentes de explosivos, armas de fuego y dinero. A través de una sentencia fechada el pasado 7 de mayo, los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal han absuelto a todos los implicados y han descartado que se mandaran “otras mercancías que no fueran ropa, zapatos y juguetes”, que “el destino final de los productos fueran las organizaciones” y que los arrestados tuviesen vínculos con los terroristas.
Cuando los investigadores desmantelaron la supuesta trama, el Ministerio del Interior detalló que los detenidos habían creado una red empresarial para responder a las demandas del autodenominado Estado Islámico (ISIS, por sus siglas en inglés) y facilitarle el mejor precio y calidad en la mercancía requerida. Según los investigadores, los arrestados —encabezados por uno de los acusados, Ammar Termanini, un ciudadano de origen sirio y nacionalizado holandés— proporcionaban suministros tecnológicos, armamento y equipamiento militar. Y, de esta forma, se “favorecía la continuidad y el reforzamiento de las estructuras de la organización terrorista”.
Una tesis que descarta ahora la Audiencia Nacional, que ha rechazado las condenas de entre 8 y 28 años de cárcel que pedían la Fiscalía y la Asociación de Víctimas del Terrorismo. Los jueces explican que Termanini llegó a España en 2013 para continuar con su negocio de importación y exportación de ropa usada. “Compraba mercancía usada a proveedores en distintos países europeos”, que acumulaba en un almacén para su clasificación y posterior envío al mercado extranjero: “Fundamentalmente Turquía, Pakistán, Siria, Irak, Jordania y Angola”. Entre la ropa de segunda mano que adquiría había prendas militares que se destinaban a uso civil, “generalmente de muy baja calidad”, apostillan los jueces, que no consideran probado que tuvieran como destino grupos terroristas.
“Las prendas embaladas en el almacén del principal acusado no podían tener un destino militar, sino civil. Eran mercancías defectuosas, de segunda mano, para consumidores pobres”, afirma la Sala. Los jueces también hacen hincapié en que no se ha presentado en el juicio ninguna prueba que acredite la existencia de la supuesta “granada de mano de fuego real sin carga” intervenida a la trama, como mantuvieron los agentes: “No hay ninguna evidencia de ello, ni siquiera una fotografía”.
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