El Tribunal Constitucional se atasca con la ‘ley mordaza’
Las diferencias entre los magistrados en el caso de las expulsiones en caliente o las cuestiones relativas al derecho de reunión y manifestación aplazan el fallo
El Tribunal Constitucional decidió relanzar ayer una comisión que ya fue designada a comienzos de año para la búsqueda de una salida a las divergencias surgidas en el debate de la sentencia sobre la Ley de Seguridad Ciudadana, la más conocida como ley mordaza. Además del ponente del fallo, el magistrado Fernando Valdés Dal-Ré, integran esta comisión sus colegas Juan Antonio Xiol —del sector progresista, como el anterior—, Ricardo Enríquez y Antonio Narváez, estos dos últimos del bloque conservador.
La crisis abierta por la alerta sanitaria impidió que la citada comisión iniciara realmente sus tareas, porque durante el confinamiento no llegó a reunirse. No obstante, el ponente de la sentencia llevó a cabo contactos antes del pleno del tribunal que terminó este jueves y elaboró un texto que actualizaba las propuestas anteriores con perspectivas de lograr un mayor consenso. En especial en relación con las expulsiones en caliente, legalizadas por el Gobierno de Mariano Rajoy a través de la ley mordaza. El Constitucional busca adaptar su doctrina a la sentencia que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó en febrero pasado avalando las devoluciones sumarias de dos ciudadanos subsaharianos que saltaron la valla de Melilla en 2014.
El debate surgido en el Constitucional puso de manifiesto la dificultad de alcanzar un fallo por unanimidad tanto en este punto como en otros tres. Son los relativos a la posibilidad de sancionar por las manifestaciones ante el Congreso, a la definición muy genérica de las conductas que pueden dar lugar a infracciones administrativas en casos de ocupación de la vía pública y a la existencia o no de censura previa si se permite que la ley siga como está en el punto en que prohíbe el uso de imágenes de agentes de policía “sin autorización”.
Si ahora se retoma la idea de que una comisión paritaria —dos magistrados conservadores y dos progresistas— intente desbrozar el camino de la sentencia es sobre todo para tratar de evitar que se llegue a un fallo con varios votos particulares. Según fuentes del tribunal, el debate reveló que son posibles puntos de encuentro entre magistrados de ambas sensibilidades, pero en las dos corrientes se dan también posiciones muy divergentes. Por eso el texto propuesto por el ponente no llegó a votarse ayer. Se hubiese podido hacer, pero el resultado hubiera sido el de una sentencia con objeciones por ambos lados y una imagen de división del Constitucional que el tribunal quiere evitar.
Los magistrados consultados señalan que una sentencia con tan poco apoyo hubiese mostrado un tribunal incapaz de definir el terreno de juego constitucional cuando se dirimen cuestiones que afectan a derechos fundamentales como el de la tutela judicial efectiva —en el caso de las expulsiones en caliente— o los de reunión y manifestación.
La ponencia sometida a debate proponía que las expulsiones en caliente de inmigrantes quedasen limitadas a los supuestos de irrupciones en la frontera en grupo y violentas, como, por ejemplo, en los saltos masivos de las vallas de Ceuta y Melilla. En todas las demás circunstancias, los extranjeros llegados ilegalmente tendrían derecho a la tutela judicial antes de ser expulsados.
Los integrantes del sector progresista entendían que esa fue la doctrina general fijada por el Tribunal de Estrasburgo en su sentencia de febrero. Parte de esa corriente sostiene incluso que el Constitucional español es soberano para establecer su propia doctrina. Por el contrario, algunos magistrados del sector conservador consideran que una lectura detallada del fallo de la justicia europea ofrece un aval más amplio a las expulsiones en caliente. Ante el atasco, se decidió recurrir a la comisión paritaria para buscar un acercamiento entre las posturas más flexibles de los dos bloques.
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