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El juez autoriza a Urdangarin a salir dos fines de semana al mes pese a la oposición de la Fiscalía

El magistrado rechaza la petición del marido de la Infanta para desplazarse excepcionalmente a Ginebra durante algún permiso para ver a su familia

Óscar López-Fonseca
Iñaki Urdangarin, en enero, a su salida del centro de Pozuelo de Alarcón donde realiza labores de voluntariado.
Iñaki Urdangarin, en enero, a su salida del centro de Pozuelo de Alarcón donde realiza labores de voluntariado.Europa Press

El juez de Vigilancia Penitenciaria 1 de Valladolid, Florencio de Marcos, ha dictado este jueves un auto por el que autoriza a Iñaki Urdangarin a abandonar la cárcel dos fines de semana al mes. La decisión del magistrado, que ha contado con la oposición de la Fiscalía, se produce después de que el marido de la infanta Cristina recurriera la decisión de Instituciones Penitenciarias del 31 de enero de mantenerle en segundo grado penitenciario sin ninguna medida de flexibilización en su régimen de vida carcelaria. El juez estima así parcialmente este recurso y autoriza las nuevas salidas en aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Este artículo, que permite que los penados en segundo grado disfruten de algunos de los beneficios de la semilibertad, es el que se aplica a los condenados por el procés para que salgan de prisión a trabajar.

La decisión del juez no se aplicará de manera inmediata, ya que la Fiscalía puede recurrirla. En caso de hacerlo, será la Audiencia Provincial de Palma, el órgano que dictó la primera sentencia contra Urdangarin, quien resuelva. El cuñado del rey Felipe VI, condenado a cinco años y 10 meses de cárcel por su implicación en el caso Noos de corrupción, disfrutaba desde septiembre de dos salidas semanales —que posteriormente se ampliaron a tres— para realizar labores de voluntariado en una ONG que atiende a personas con discapacidad. Estas salidas, que el juez mantiene, venían amparadas por el artículo 117 del mismo reglamento penitenciario.

En la resolución conocida este jueves, el juez De Marcos incide en el principal argumento que entonces esgrimió para autorizar aquellas salidas: el aislamiento en el que el Urdangarin cumple la condena, al ser el único recluso en el módulo de hombres de la cárcel de Brieva (Ávila). El magistrado destaca que el exduque de Palma permanece en esa situación 144 horas a la semana, frente a las 24 horas que pasa fuera de la cárcel para hacer voluntariado y los 40 minutos de comunicación con su familia. El juez recalca que esta situación no fue una decisión del preso, sino impuesta por Prisiones por razones de seguridad.

De hecho, De Marcos critica a la administración penitenciaria que no haya tomado medidas para evitar la “desocialización” del interno, al contrario de lo que hizo cuando el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Vera estuvo preso en una situación similar en la cárcel de Segovia en 2006. Por ello, De Marcos cree que la aplicación del artículo 100.2 a Urdangarin no es, como defiende la Fiscalía, una semilibertad “encubierta”, sino un modo de compensar la “excepcionalidad” de un aislamiento que, como destaca, es el cuarto caso similar en toda la historia del sistema penitenciario actual.

En su auto, el juez critica que la junta de tratamiento de la cárcel de Brieva justificara su rechazo a flexibilizar el régimen de vida de Urdangarin exclusivamente en el “tiempo de condena pendiente de cumplimiento”, algo más de cuatro años. De Marcos cree que lo verdaderamente relevante para tomar esta decisión no debe ser, en el caso del exduque de Palma, este criterio temporal de la pena, sino “las restricciones de vida” a las que se encuentra sometido por el aislamiento. También rechaza, como planteaba la Fiscalía, que los permisos de salida que ha comenzado a disfrutar —el primero las pasadas navidades— sean “elemento bastante para paliar, cada dos meses, las severas restricciones” que se le aplican.

A lo que no accede el juez es a la petición de Urdangarin de autorizarle a viajar durante esas salidas de fin de semana —aunque sea de manera excepcional y con algún sistema de vigilancia como un pulsera de control telemático— a Ginebra (Suiza), donde residen la infanta Cristina y los hijos del matrimonio. El juez recuerda al exduque de Palma que está cumpliendo una pena privativa de libertad, “aspecto este que impide la salida del territorio nacional”.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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