Multas en Madrid
Ya es la tercera vez en pocos meses que recibo multas del Ayuntamiento de Madrid por exceder la velocidad máxima permitida en porcentajes inferiores al 10%. Entiendo que la normativa fije límites, pero también me consta que hasta a los ordenadores se les puede programar algo de sentido común. La última sanción que he recibido es por circular a 74 kilómetros por hora estando limitada la velocidad a 70. La infracción es considerada grave y el importe de la sanción es de 100 euros. ¿Me podría aclarar alguien si en ciudad debo mantener mi atención mirando al velocímetro del coche o a la carretera?, ¿sería grave la sanción si provoco un accidente por descuidar la atención a la vía por la que círculo? ¡Creo que estamos locos!— Leopoldo Cabrera. Madrid.
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