Posible repetición del juicio de Leónidas Vargas
El fiscal pide al juez que redactó la sentencia por la muerte del capo colombiano que justifique mejor el fallo o que haya una nueva vista oral
Decisión poco frecuente la que ha efectuado el fiscal del juicio por el asesinato del narcotraficante colombiano Leónidas Vargas, en el que fueron condenados el pasado 18 de mayo los siete acusados a penas de entre cuatro y 26 años de prisión. El ministerio público ha mandado un escrito a la sala 3ª de la Audiencia Provincial de Madrid en la que le explica que el fallo alcanzado por el magistrado ponente, Carlos Ollero Butler, no está suficientemente motivado. En el recurso, le pide que incluya más datos que permitan demostrar la culpabilidad de los condenados, ya que de otra forma tendría que repetirse el juicio.
El fiscal hace especial hincapié en el caso de José Jonathan Fajardo Ospina, el jefe de la oficina de cobros que aceptó el encargo de matar al narco cuando estaba ingresado en el 12 de Octubre. El narco murió tiroteado el 8 de enero de 2009 en su cama del hospital.
El fiscal reconoce en su escrito que el jurado, pese a no tener conocimientos de derecho, ha alcanzado "un excelente veredicto", pese a que no lo ha motivado de manera suficiente. Por ello, exige al ponente de la sentencia, que además es el presidente de la Sección 3ª, que enmiende esta carencia y redacte una nueva sentencia a la mayor brevedad para evitar así los problemas de no haber motivado suficiente la prueba de cargo contra los culpables.
En concreto, el ministerio público hace un repaso a lo largo de siete folios de exposición de las principales carencias para romper la presunción de inocencia de los acusados. En su opinión, se debería de haber incidido en la declaración de los dos investigadores del Cuerpo Nacional de Policía que hicieron una detalla exposición de cómo se articulaba la banda que acabó con el narcotraficante la tarde del 8 de enero de 2009 en la habitación 543 del hospital madrileño. Para ello, considera que es necesario aportar el tráfico de llamadas del teléfono móvil que usaba el jefe de la organización, apodado Papi, y desde el que contactó con el resto de la organización.
El fiscal también se refiere en concreto a Yuli Carolina Rojas, la mujer que se encargó de contactar con el autor de los disparos, Jonathan Andrés Ortiz, cuando este se encontraba en sus ocupaciones habituales en Fuerteventura. Para ello, el magistrado debería haber aportado a la sentencia, según el ministerio público, las llamadas que hizo desde su móvil a un taxi que se dirigió a su domicilio en la calle de Londres, en Torrejón de Ardoz, y que desde ese mismo número contactó en varias ocasiones con Ortiz en los días previos al crimen.
Respecto a Andrei Alexandre Catar, que fue culpado por hacer desaparecer la pistola semiautomática y el silenciador utilizados en el asesinato, el ministerio público mantiene que no se han tenido en cuenta las declaraciones que hizo este ante la policía y en los juzgados, además de los dos amigos que le acompañaron antes de tirarlos al río.
El fiscal mantiene argumentos similares para el resto de los culpables, pero se centra en especial en Fajardo. En su opinión existe "un quebrantamiento de las normas especiales del veredicto", ya que no se explica de forma pormenorizada su culpabilidad ni su condena. "Se solicitó por esta parte tras la lectura del veredicto la devolución del mismo por insuficiente motivación, petición rechazada por el magistrado presidente y protestada debidamente", recuerda el ministerio público. "Por ello se solicita que se revoque la sentencia para que el magistrado la complemente y concrete la prueba de cargo de cada uno de los acusados y subsidiariamente la nulidad del veredicto", concluye el ministerio público en su escrito.
La Sección 3ª ha dictado una providencia en la que admite a trámite el escrito del fiscal y anuncia que dará traslado a cada una de las partes personadas en el caso en un plazo de 10 días. Serán ellas las que deberán decir si se suman a la petición del fiscal o, por el contrario, se muestran de acuerdo con la sentencia dictada por Carlos Ollero.
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