Pedreira ratifica que Correa y 'El Bigotes' han de ser investigados en Valencia por los trajes de Camps
El juez rechaza otro recurso del PP contra la instrucción del 'caso Gürtel'
Los regalos de trajes de la trama Gürtel a Francisco Camps y otros altos cargos valencianos deben investigarse en Valencia. Así lo ha ratificado el instructor del caso Gürtel en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Antonio Pedreira, al rechazar un recurso presentado por el PP. Ello implica que el cabecilla de la red, Francisco Correa, actualmente en prisión, su lugarteniente Pablo Crespo y su representante en Valencia, Álvaro Pérez, El Bigotes, también sean investigados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Mientras Camps y los altos cargos están imputados por cohecho pasivo impropio, Correa, Crespo y Pérez están imputados por un cohecho activo.
En un auto notificado hoy, al que ha tenido acceso EFE, Pedreira confirma "en todas sus partes" la resolución dictada el 28 de julio de 2009, por la que acordó inhibirse en favor del TSJCV "de los hechos imputados a Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez en relación con las eventuales entregas de prendas de vestir a Ricardo Costa, Francisco Camps, Rafael Betoret y Víctor Campos". Dada la condición de aforados de dos de estos -Camps, presidente de la Generalitat, y Costa, diputado autonómico; mientras que Betoret fue jefe de gabinete de la Consellería de Turismo y Campos vicepresidente del Gobierno valenciano-, Pedreira no puede investigarlos, sino que debe hacerlo el TSJCV. El magistrado consideró que ese mismo órgano debía investigar también a Correa, Crespo y El Bigotes, ya que podían ser autores de un delito de cohecho activo recogido en el artículo 423 del Código Penal, precepto que "no es sino el reverso del cohecho pasivo que se imputa a los cargos públicos de Valencia", por lo que se inhibió en favor de Valencia.
En la resolución notificada hoy, Pedreira afirma que el recurso del PP contra su decisión "contiene importantes y graves inexactitudes que obligan a desestimarlo íntegramente" y que las alegaciones del partido "no desvirtúan ni enervan la fundamentación jurídica del auto recurrido". Además, el magistradoañade que hace suyos todos los argumentos empleados por la fiscalía Anticorrupción para rechazar el recurso. El ministerio público recordó al PP que está personado en la causa como acusación popular y no como defensa, por lo que no se entiende que alegara que la investigación podía perjudicarle. Tampoco estaba de acuerdo el fiscal en que el envío de estos hechos a Valencia rompieran la unidad de la causa, ya que las conductas atribuidas a Correa, Crespo y Pérez relativas a la entrega de prendas de vestir a los altos cargos valencianos "tienen una mayor conexión con las conductas imputadas a éstos" que con los otros delitos de cohecho de los que se les acusa". "Resulta indudable la íntima relación existente entre las conductas de quienes aparecen como donantes de los regalos y quienes aparecen como perceptores de los mismos. En definitiva se trata de los mismos hechos examinados desde dos perspectivas: la del particular que entrega y la del funcionario que recibe", añadía la fiscalía.
Esta recordaba, por último, que cuando el Tribunal Supremo ha investigado algún caso similar, "ha asumido la competencia no sólo respecto de los (hechos) atribuidos a los cargos públicos cuyo aforamiento así lo exigía, sino también respecto de los de los particulares en relación con las eventuales entregas de dádivas a aquellos". Una vez rechazado su recurso de reforma, el PP puede ahora interponer uno de apelación ante la instancia superior a Pedreira, la Sala Civil y Penal del TSJM.
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