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La Audiencia corrige a Pedraz y prohíbe dos actos a favor de presos de ETA

El tribunal considera que la web en la que se difundió la convocatoria está vinculada a la banda terrorista por lo que implicarían un delito de enaltecimiento del terrorismo

Dos de las cinco concentraciones contra la dispersión de presos etarras que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz había autorizado el pasado 22 de julio no podrán celebrarse. La sección cuarta de lo Penal de ese tribunal ha corregido el criterio seguido por Pedraz y ha prohibido los dos actos que quedaban por celebrar, previstos en Villabona (Guipúzcoa) para mañana y pasado. El tribunal considera que la web desde la que se difundió la convocatoria podría estar vinculada a ETA, como se desprende de un informe policial y afirma que el homenaje a los presos podría constituir un delito de enaltecimiento del terrorismo.

El auto de Pedraz rechazaba la petición de la asociación Dignidad y Justicia para que esas concentraciones se celebraran. Y lo hacía porque, en su opinión, esos actos no eran delictivos. El juez no consideraba que esos actos fueran "un homenaje" a los presos sino que se limitaban a reclamar "que no estén dispersos". Acordar su prohibición, según el juez, vulneraría los derechos fundamentales de reunión y manifestación de los convocantes y el resto de asistentes. Bajo el paraguas de esa resolución se celebraron los actos previstos para los días 24 y 27 de julio en Ordizia (Guipúzcoa) y para el 26 en Villabona.

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Ahora, la Sala, con el apoyo del fiscal, se separa del criterio de Pedraz y aprecia "contundentes indicios de perpetración del mencionado delito" de enaltecimiento del terrorismo por lo que, dando la razón a Dignidad y Justicia, veta las dos concentraciones restantes. Se basa en un informe policial que encuentra indicios de relación de Saroia Galarraga -la persona que registró la página web que difundió las convocatorias (www.askatu.org)- con el entorno de ETA. También tiene en cuenta los anagramas del colectivo ilegal de apoyo a reclusos Askatasuna y "las fotos de presos condenados por perpetrar acciones terroristas a favor de los postulados de ETA" que se exhiben en ella.

"La jurisprudencia ha establecido que el homenaje, a través de la exhibición de fotos, a personas que se encuentran en prisión desde hace años cumpliendo importantes penas por la perpetración de concretos delitos de terrorismo, es un claro comportamiento de enaltecimiento de unos terroristas por el hecho de serlo", recuerdan los magistrados en su resolución.

El auto señala también que las convocatorias superan los límites de los derechos fundamentales de reunión y manifestación, ya que "las consignas, los actos (que incluyen la colocación de carteles y fotos de presos que cumplen condena por la comisión de delitos de índole terrorista) y los convocantes, abocan racionalmente a una clara inferencia de posible perpetración delictiva".

Inmediatamente después de conocerse la resolución, Pedraz ha enviado al departamento de Interior del Gobierno vasco, a la policía y la Guardia Civil un mandamiento en el que ordena la prohibición de los actos y la detención y puesta a su disposición de las personas que participen en ellos y cometan el delito que la resolución trata de prevenir.

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