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El Supremo ordena al Poder Judicial que reabra una investigación al juez Ferrín Calamita

Intentó celebrar un divorcio en su despacho para evitar que quedara grabado en video

El Tribunal Supremo ha ordenado al Consejo del Poder Judicial que reabra unas diligencias de investigación al juez de familia de Murcia Fernando Ferrín Calamita por intentar forzar un acuerdo de divorcio al margen del juicio para evitar la grabación de éste. La queja de la abogada de una de las partes fue archivada por la comisión disciplinaria, de mayoría conservadora, pero el Supremo ha anulado esta decisión y ha ordenado que prosiga la investigación sobre el juez Calamita. Este juez se encuentra ya condenado a dos años y tres meses de inhabilitación por retrasar de forma maliciosa la adopción de una menor por la compañera de su madre biológica.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso del Supremo explica que la queja elevada al Consejo da cuenta de que en mayo de 2006, el juez Ferrín Calamita sugirió a las partes de un divorcio la celebración de un acuerdo entre las mismas en su despacho. La abogada del marido se opuso y pidió que el juicio se celebrase en la sala de vistas, a lo que el juez Calamita replicó: "La vista se celebra donde me da la gana. En qué artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil dice que la vista se celebra en Sala?".

El juez también se opuso a que constara la presencia de las partes en la hora señalada para la vista y volvió a conminar a las partes a que llegaran a un acuerdo en su despacho. La letrada del marido se opuso a fin de que el acto judicial quedara grabado. La queja exponía también que era costumbre del juez Ferrín Calamita obligar a las partes a llegar a un acuerdo antes del juicio a veces durante dos horas.

El Consejo del Poder Judicial requirió un informe al juez Ferrín, que reconoció tener por "costumbre" intentar "mediar o llegar a un acuerdo con las partes". Respecto de al letrada que se negó al acuerdo, el juez la calificó de "muy vehemente, descarada y poco educada", y aseguró que "pasa de ella y de sus modales". La Comisión Disciplinaria del anterior Consejo entendió que en los hechos no existió extralimitación del juez Calamita.

El Supremo, por el contrario, recoge una sentencia de la Audiencia de Murcia que accedió a la nulidad de actuaciones en el procedimiento de divorcio "por violación del derecho a un proceso con todas las garantías". En dicha sentencia consta el temor del demandante a un acuerdo forzoso en el despacho del magistrado ya que éste se negó a grabar en video las actuaciones. El Supremo señala que esta sentencia se conoció después de la decisión del Consejo del Poder Judicial, por lo que éste no pudo valorarla, así que anula el acuerdo y le ordena seguir las investigaciones.

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