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Absuelto Olarra Guridi del asesinato de Tomás y Valiente

La Audiencia Nacional no tiene pruebas de que condujese e hiciese explosionar el coche que, una vez cometido el crimen, utilizaron los etarras para huir

La Audiencia Nacional ha absuelto hoy por falta de pruebas al ex dirigente etarra Juan Antonio Olarra Guridi de haber participado en el asesinato del ex presidente del Tribunal Constituconal Francisco Tomás y Valiente cuando se encontraba en su despacho de la Universidad Autónoma de Madrid el 14 de febrero de 1996. En su sentencia, la sección tercera de la Sala de lo Penal, que preside el magistrado Alfonso Guevara, sostiene que "no consta acreditado por prueba alguna" que Olarra Guridi, para el que la Fiscalía pedía 66 años por estos hechos, "interviniese o colaborase con dicho asesinato" más allá de la búsqueda de "información general" sobre objetivos como integrante del "comando Madrid".

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La Fiscalía le acusaba de haber esperado al etarra Jon Bienzobas, condenado a 30 años como autor de los disparos que acabaron con la vida de Tomás y Valiente, en un ford Orión rojo que el comando había sustraído unos días antes para, una vez cometido el crimen, darse a la huida y hacerlo explosionar después en un solar de la madrileña calle de Isla de Java. Sin embargo, para el tribunal "no consta" que Olarra condujese ese coche y aclara que Bienzobas huyó en un Mercedes en el que se introdujo, intimidando con una pistola a su propietario, al que le obligó a llevarle hasta las proximidades de la Plaza de la Lealtad.

Sin testigos

Añade además que "ni un solo testigo" vio llegar a Bienzobas a la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, donde se produjo el asesinato, "ni nadie observó" un ford Orión rojo en los momentos inmediatos al atentado. Tampoco considera probado la Sala que el ford Orión rojo que ese ddía se hizo explosionar en la calle Isla de Java tuviese "relación alguna" con el asesinato de Tomás y Valiente y, por tanto, que "fuese el empleado por Jon Bienzobas para huir de la Universidad". "La única relación que consta acreditada de Olarra Guridi con la explosión de la calle de Isla de Java -precisa la sentencia- es que él fue quien obtuvo, o al menos suministró, al comando Madrid los datos respecto al modelo, marca y color a que correspondía la matrícula falsa utilizada para dar cobertura al vehículo robado".

Esta "colaboración genérica", señala la Sala, sería suficiente para condenarle por integración en organización terrorista, delito por el que ya ha sido condenado, pero "no es bastante para, en base a ella, imputarle su participación en un concreto atentado". "Imputar a Olarra Guridi la colocación del coche bomba en el descampado de la calle Java equivaldría a inferir que la totalidad de las personas" que vivieron en el piso franco de ese "comando Madrid" son responsables de la sustracción del vehículo, de su preparación como coche-bomba y de su abandono para su posterior explosionado en dicho solar.

La explosión de este coche causó heridas leves a cuatro transeúntes, por lo que la Fiscalía le acusaba, además del asesinato de Tomás y Valiente por el que pedía 26 años de cárcel, de cuatro delitos de lesiones penados con seis años de cárcel cada uno que sumaba a otros 10 por estragos y a cuatro por sustitución de placas de matrícula.

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