_
_
_
_

La Fiscalía pide el archivo de las actuaciones por el hundimiento del Carmel

La decisión llega después de que las acusaciones particulares que representaban a los afectados renunciaran a seguir con las acciones civiles y penales por vía judicial

La Fiscalía ha pedido al juzgado de instrucción el sobreseimiento de las actuaciones por los daños ocasionados a los vecinos por el hundimiento de un túnel del metro en el barrio del Carmel de Barcelona en enero de 2005. En el escrito dirigido al Juzgado de Instrucción 33 de Barcelona, el fiscal considera que, aunque la actuación de los responsables de las obras "pudiera revestir el carácter de delito de daños imprudente", la Fiscalía debe solicitar el archivo del caso después de que los perjudicados ya se hayan retirado como acusación. El Ministerio Público recuerda que, según el artículo 267 del Código Penal, que regula los delitos de daños imprudentes, esas infracciones sólo son perseguibles a raíz de una denuncia previa de las personas afectada o su representante legal.

El pasado marzo, las cinco agrupaciones de vecinos y comerciantes que estaban personados como perjudicados en la causa renunciaron a las acciones civiles o penales por la vía judicial, porque ya han recibido las indemnizaciones directamente de la Administración. La titular del Juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona, Elisabet Castelló, abrió en febrero de 2005 diligencias judiciales por el hundimiento del Carmel, que se produjo el 27 de enero del mismo año a causa de un corrimiento de tierras en las obras de ampliación de la línea 5 del metro. El hundimiento parcial del túnel de maniobras de la línea 5 en el barrio del Carmel llevó a desalojar unos 50 edificios y a más de 1.200 vecinos.

Terremoto político

Este suceso originó un terremoto político que derivó en una comisión de investigación parlamentaria, provocó la dimisión de dos altos cargos de la Generalitat y obligó a paralizar las obras de la línea 5 y a replantear el proyecto en su conjunto, así como la seguridad en todas las infraestructuras subterráneas de Cataluña.

En el escrito hecho público hoy, la Fiscalía considera que el derrumbamiento se debió a una falta de diligencia de los responsbles de la obra, en la que trabajaban las empresas GISA, INTRAESA, TEC-CUATRO y TYPSA. Es por esa razón que la acusación pública destaca que los hechos que convulsionaron este barrio barcelonés y la política catalana podrían tener encaje en un delito de daños imprudentes. Sin embargo, este tipo de infracciones "sólo son perseguibles previa denuncia de la persona agraviada" y cuando ésta se retira "se extingue la acción penal".

Es por esa razón que, aunque la actuación de los seis imputados, responsables del proyecto, Francisco Javier G., Alonso C., Benjamín C.T., Sergio G.A., Rafael P.S. y Antonio P.O., podrían constituir un delito de daños imprudentes, la Fiscalía ha decidido no continuar con el proceso abierto al no estar personados los afectados. Tras el pronunciamiento de la Fiscalía, ahora se espera que la jueza archive finalmente este caso.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_