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El problema del agua

El BOE da luz verde a las obras del 'minitrasvase' a Barcelona

El Congreso deberá convalidar la norma en los próximos 30 días.- Se puede pedir su tramitación como proyecto de ley

El Real Decreto-Ley de medidas excepcionales y urgentes para garantizar el abastecimiento de poblaciones afectadas por la sequía en la provincia de Barcelona ha entrado en vigor hoy con su publicación en el BOE, por lo que las obras de conexión del Sistema del Consorcio de Aguas de Tarragona con el Sistema de Abastecimiento del Ter-Llobegat (conducción CAT-ALL) podrían comenzar ya virtualmente, a falta de la previsible firma de un convenio entre Generalitat y Gobierno, para su ejecución.

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En todo caso, el inicio de las obras no tendrá que esperar al obligado trámite de convalidación de la norma por parte del Congreso, que tiene 30 días para hacerlo y puede insertar el Real Decreto-Ley ya en el orden del día de la Cámara Baja.

Durante el debate de convalidación algún grupo parlamentario podría solicitar su tramitación como proyecto de Ley, y si la decisión fuera aprobada, sería tramitado con carácter de "urgencia" y posibilidad de incorporar modificaciones.

Además, desde hoy la disposición adicional cuarta del texto establece que el Ejecutivo adoptará las medidas necesarias para garantizar el abastecimiento de poblaciones de otros ámbitos territoriales cuando, por circunstancias excepcionales de sequía extrema, se produzcan situaciones de emergencia análogas a las que han motivado la aprobación de este Real Decreto-Ley.

3,9 hectómetros cúbicos al mes

De esta forma, la norma prevé paliar, en caso de que sea necesario, un déficit hídrico de 3,9 hectómetros cúbicos al mes a través de la optimización de los caudales ya regulados mediante la Ley sobre actuaciones en materia de aguas de Tarragona.

Para ello prevé dos medidas; una, ampliar el ámbito territorial de la mencionada Ley, de modo que los volúmenes de agua del Ebro regulados en la norma sobre actuaciones en materia de aguas de Tarragona puedan utilizarse para el abastecimiento de poblaciones en el ámbito territorial de la provincia de Barcelona.

Por otro lado, se habilita el uso de las infraestructuras de conducción para los contratos de cesión de derechos de agua. Así, Cataluña podrá adquirir, directamente o a través de entidades públicas o privadas, derechos de uso de agua a usuarios de la Demarcación Hidrográfica del Ebro.

Estas dos vías de aportación de agua al Sistema Ter-Llobregat estarán vigentes mientras dure la situación de extrema sequía, sin superar en ningún caso el límite cuantitativo de 4 metros cúbicos por segundo de caudal máximo fijado por la Ley y sin efectuar ningún trasvase adicional desde la cuenca del Ebro a las cuencas internas de Cataluña.

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