El Ayuntamiento de Lanjarón deberá readmitir a un empleado que despidió por su "tendencia política"
El trabajador, simpatizante del PP, fue víctima de una "represalia" por su enemistad con los responsables del consistorio, del PSOE
Un juzgado ha declarado nulo el despido de un trabajador del Ayuntamiento de Lanjarón (Granada) al entender que hubo una "represalia discriminatoria por la tendencia política del despedido", simpatizante del PP, y su "enemistad" con los responsables del equipo de gobierno, del PSOE.
En la sentencia, el Juzgado de lo Social número 2 de Granada obliga al consistorio a readmitir a A.M.S.F., en las mismas condiciones en las que desempeñaba su trabajo antes del despido, a abonarle 1.072 euros en concepto de salarios desde el pasado noviembre y a indemnizarle con 3.000 euros por el proceso depresivo en el que se vio sumido.
Considera el juez que existe un "evidente indicio" de que la decisión de extinguir el contrato obedeció a "represalias" del actual alcalde, que había sido denunciado previamente por el trabajdor, junto a una concejal del actual equipo de gobierno.
Denuncia por amenazas e insultos
El despido se produjo después de que el trabajador denunciara por amenazas e insultos a Mariano Ruiz (PSOE), alcalde de Lanjarón desde las últimas elecciones municipales, a la número dos del equipo de gobierno, María Ruiz Fernández, y al marido de ésta. Aquella denuncia derivó en un juicio de faltas del que fue excluido el alcalde, absuelta la concejal y condenado por una falta de amenazas el marido de ésta.
Según el fallo, el trabajador fue sustituido en sus labores por otra auxiliar administrativa vinculada al entorno familiar de un concejal del actual equipo de gobierno.
A.M.S.F. comenzó a prestar sus servicios en el Ayuntamiento de Lanjarón en el año 2000 sin estar dado de alta en la Seguridad Social hasta julio de 2003, cuando se le hizo un contrato para "atender exceso de pedidos". Según la sentencia, el Ayuntamiento le comunicó el pasado 24 de agosto la finalización del contrato, con fecha de 8 de septiembre, sin motivar otras causas.
"Dinámica clientelar" en el Ayuntamiento
Al juez le "llama poderosamente la atención la dinámica clientelar de acceso a los distintos puestos de trabajo desempeñados, asumida por la anterior corporación municipal y que la actual como sucesora debe asumir".
Contra la sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la sala de los Social del Tribunal superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
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