La Audiencia procesa a De Juana por integración en ETA y amenazas terroristas
La Sala de lo Penal ordenó hacerlo al juez Santiago Pedraz después de que éste cerrara el caso
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha ordenado el procesamiento del ex integrante del comando Madrid de ETA José Ignacio de Juana Chaos por los delitos de integración en organización terrorista y de amenazas terroristas en relación con dos artículos suyos publicados en el diario Gara. En un auto hecho público hoy, el magistrado ratifica la prisión provisional de De Juana, a quien le recibirá declaración indagatoria el 22 de agosto por los hechos por los que le ha procesado.
En esa misma fecha, según dicta el auto, Pedraz tomará declaración a los cinco testigos (tres directores, un subdirector y un ex director de prisiones) a los que hacía referencia en los dos artículos de Gara. Pedraz ha adoptado esta decisión después de que, el 7 de julio, la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia le ordenara procesar al etarra después de que el magistrado acordara, el 10 de junio, concluir el sumario abierto a De Juana por los hechos sin procesarle. En esa resolución, la Sala revocó el auto de conclusión del sumario dictado por Pedraz y dictó la prisión provisional para el etarra, al estimar que "ha quedado justificada la existencia de indicios de delito y de motivos bastantes para reputar presunto responsable a De Juana de los delitos de integración en banda terrorista y amenazas terroristas".
Antes de que Pedraz se hiciera cargo de esta causa al llegar al Juzgado Central de Instrucción Número uno de la Audiencia Nacional, su anterior titular, el juez Fernando Grande-Marlaska, ordenó el 10 de enero, a petición de la Fiscalía, el ingreso en prisión del etarra por las dos cartas publicadas en Gara. Sin embargo, Pedraz, al contrario que su compañero, no apreció indicios de delito y resolvió concluir el sumario sin procesar a De Juana, revocando así la medida de prisión anteriormente dictada. Tras ser recurrida esta decisión, la Sala de lo Penal anuló la decisión del juez y le instó adoptar las medidas que Pedraz ha acordado ahora para el etarra en este nuevo auto, en el que se limita a dar cuenta de los delitos por los que procesa a De Juana y del contenido de los dos artículos.
"Fijar objetivos a ETA"
Esta decisión de la Sala evitó que De Juana, miembro del comando Madrid en los años 80, fuera excarcelado el 3 de agosto, fecha en la que hubiera liquidado las penas -que sumaban casi 3.000 años de prisión- a las que fue condenado por su participación en distintos atentados. A la vista del contenido de las cartas, tituladas El escudo y Gallizo, que el etarra publicó el pasado diciembre, la Sala estimó que en ellas el etarra podía estar "tratando de fijar objetivos para las acciones de ETA" y añadía que la publicación de la carta en un periódico "sirve, además de para hacer llegar estos datos a la dirección de la banda, para amedrentar y atemorizar a estas personas y a todo el colectivo que representan".
Según la Sala, en El escudo, De Juana "considera enemigo a todo aquel que no se encuentra integrado en el Movimiento de Liberaciçon Nacional Vasco (MLNV), y lo califica de "totalitario y fascista", y así se refiere a "políticos corruptos, jueces prevaricadores, profesionales de la tortura". Además, vierte expresiones como "sacad vuestras sucias manos de Euskal Herria. Sí, sacadlas, porque otro camino sólo implica más sufrimientos. O el futuro terminará demostrando, sin duda, que os quedasteis sin ellas". Para el tribunal, "esta afirmación tiene contenido intimidatorio y amenazante (...) dirigida a todas aquellas personas expresamente calificadas como el enemigo a lo largo de la carta". En la segunda misiva -titulada Gallizo en referencia a la directora general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo- De Juana atribue a ella y a los directores de seis cárceles, "todo tipo de torturas y vejaciones".
De todo ello, afirmaban los magistrados, "se infiere que existe una renovada integración en ETA, al tratar de contribuir a sus fines con una intervención directa y material", lo que justificaba la orden dada a Pedraz de que dictara el procesamiento de De Juana. Además de ordenarle que procesara al etarra y que tomara declaración a los directores penitenciarios mencionados, el tribunal instó a Pedraz a practicar una serie de diligencias solicitadas por el fiscal. Entre éstas, la incorporación a la causa de la sentencia del Tribunal Supremo que ilegalizó a HB-EH-Batasuna y un artículo de prensa en el que se aseguraba que De Juana celebró en prisión los asesinatos de Alberto Jiménez Becerril y Ascensión García Ortiz. También le ordenó que pidiera la sentencia que condenó por colaboración con ETA a José Luis Muñoz González, que presuntamente fue captado por De Juana en la cárcel.
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