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ELECCIONES 25M | FALTAN 22 DÍAS

El Supremo anula 241 candidaturas por su vinculación con la disuelta Batasuna

Entiende que las listas anuladas mantenían "una continuidad operativa" con la formación 'abertzale'.-Las agrupaciones anuladas presentarán recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional

Los 16 miembros de la Sala Especial del Tribunal Supremo han acordado esta tarde anular 241 de las 249 listas electorales supuestamente vinculadas a la ilegalizada Batasuna. Los magistrados han resuelto así las impugnaciones presentadas contra estas candidaturas por la Abogacía del Estado y la Fiscalía, y por otro lado, las más de 200 alegaciones aportadas por los abogados de las candidaturas.

La sala ha adoptado esta decisión por unanimidad en dos sentencias, una que resuelve el recurso de impugnación de la Abogacía del Estado y otra para el de la Fiscalía.

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Los magistrados, que desde que el pasado jueves estudiaron los recursos, han permanecido reunidos en sesiones de mañana y tarde para poder hacer pública hoy su decisión dentro de los plazos establecidos por la Ley de Partidos.

Por su parte, los letrados de las agrupaciones abertzales anuladas comenzarán a presentar recurso de amparo ante el

Tribunal Constitucional una vez que les sea notificada la resolución adoptada por el Tribunal Supremo, según ha manifestado uno de los abogados, Iñigo Santxo, que representa a cinco de estas listas electorales.

Una vez que los abogados de las plataformas abertzales, entre ellas las de AuB, reciban la notificación judicial, recurrirán ante el Constitucional, para lo que tienen de plazo dos días. A partir de ahí, el Alto Tribunal deberá resolver los recursos en un período de tres días, hasta el próximo jueves, ya que el viernes, día 9, se inicia oficialmente la campaña electoral.

Las ocho candidaturas que irán a las urnas

Las ocho candidaturas sobre las que no se ha demostrado vinculación con Batasuna son: Iruñako Ezkerrak-Izquierdas de Iruña (IE), en el municipio de Iruña de Oca (Alava), formada por disidentes de Izquierda Unida; Soraluzeko Askatasun Haizeak (SHA), en el municipio de Soraluzel Plasencia (Vizcaya); Aramako Herri Batzarra, en Arama (Guipúzcoa); Olaberriko Talde, en el municipio de Olaberría (Guipúzcoa); Unzaillaitz Herri Plataforma, en el municipio de Izurtza (Vizcaya); Popular-Herri; Baztarramendi (AEB), en el municipio de Ergoiena (Navarra), agrupación próxima a Eusko Alkartasuna; y Goizueta Bizirik (GB), en el municipio de Goizueta (Navarra).

Las candidaturas anuladas se presentaban a las elecciones autonómicas en Navarra; a las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya, así como a distintos Ayuntamientos de las Comunidades Vasca y Foral de Navarra.

La decisión del Supremo estima parcialmente los recursos contencioso administrativos electorales deducidos por la Abogacía del Estado y por el Ministerio Fiscal contra los acuerdos de las juntas electorales provinciales y de zona que proclamaron las 241 candidaturas, acuerdos que son anulados por no ser conformes a derecho.

El Supremo ha estimado que dichas Agrupaciones Electorales son "continuidad operativa" de los partidos políticos Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna, declarados ilegales y disueltos por la sentencia de la 'Sala del 61' de 27 de marzo de este año.

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