Ir al contenido
_
_
_
_
Opinión
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Matices a propósito de la tributación de grandes grupos empresariales

Las compañías españolas de mayor tamaño soportan una carga fiscal superior a la de sus competidoras europeas. Eso que afecta a su competitividad e, indirectamente, a la de la economía española

La reciente publicación por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de los datos sobre la tributación de las grandes empresas y el modo en que se han reflejado en los medios de comunicación, han hecho llegar a la opinión pública el mensaje de que el tipo efectivo de imposición de las grandes empresas españolas se sitúa en el entorno del 7%.

Esta asunción no tiene en cuenta que los ingresos de los grandes grupos internacionalizados españoles están sujetos al pago de impuestos en un buen número de países y no sólo en el nuestro, al tiempo que no se tiene en cuenta el impacto de los impuestos especiales que gravan a sectores concretos.

No es una cuestión menor. Para los millones de contribuyentes y las pequeñas empresas que deben afrontar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales puede resultar desalentador tener la impresión de que empresas de un mayor tamaño contribuyen en menor medida que ellos. Por ello, es importante aclarar algunas cuestiones que los especialistas fiscales y la propia AEAT conocen sobradamente, pero pueden ser menos conocidas por la opinión pública.

De partida, la legislación general, y la regulación sectorial, imponen a las sociedades, a sus consejos de administración y a sus directivos, deberes estrictos de cumplimiento normativo y fiscal, haciéndoles responsables de cualquier incumplimiento, por lo que tienen todos los incentivos reputacionales y legales para observar sus obligaciones.

Para que el debate sea riguroso deben tenerse en cuenta todas las figuras fiscales que gravan a las empresas y no sólo alguna de ellas, incluyendo las que gravan a sectores determinados.

Así, deben tenerse en cuenta los impuestos soportados en los países en que las grandes empresas desarrollan su actividad, al igual que las entidades que operan en España deben hacerlo con las Haciendas de sus Estados de origen.

Todas ellas aplican convenios de doble imposición, que siguen el modelo de la OCDE, y que tratan de evitar que tributen por duplicado los beneficios obtenidos en otro país y en el Estado de origen. No se trata, en absoluto de reducir la factura fiscal.

Algo similar ocurre con las deducciones fiscales que, en ejecución de políticas públicas “de interés general” (como la innovación o la producción artística y audiovisual), se han reconocido en el Impuesto sobre Sociedades. No se trata de un “regalo” de la Administración a las grandes empresas sino de un tratamiento fiscal que incentiva su inversión en actividades que se consideran necesarias y que de otro modo tendría que sufragar el Estado.

No estamos ante reducciones arbitrarias de las bases imponibles sino frente a la aplicación rigurosa de las normas para evitar la doble imposición e incentivar determinadas inversiones.

La realidad es que, de acuerdo con informes publicados por instituciones como la OCDE, el Instituto de Estudios Económicos o PWC, las grandes empresas españolas soportan una carga fiscal superior a la de sus competidoras europeas (sobre todo derivada de las figuras fiscales especiales creadas en los últimos años), lo que afecta a su competitividad e, indirectamente, a la de la economía española.

Esta situación debería ser evaluada. Si nos sumamos convencidos (con razón) a la agenda europea de competitividad (simplificación de la regulación, estímulo del ahorro y la inversión y fomento de la innovación), lo lógico sería, más bien, revisar aquellas cargas y gravámenes que sitúan a distintos sectores de la economía española en una posición de desventaja competitiva frente a sus competidores. Este sería un modo más correcto de plantear el debate.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_