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La reforma laboral tardará en corregir la temporalidad

Los expertos celebran el cambio normativo pero limitan su impacto

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, interviene en una sesión plenaria celebrada en el Congreso de los Diputados, a 15 de diciembre de 2021, en Madrid, (España). Foto: EDUARDO PARRA (EUROPA PRESS) | Vídeo: EUROPA PRESS
Gorka R. Pérez

La reforma de las relaciones laborales acordada por los agentes sociales tras nueve meses de negociación es observada por los expertos consultados como un argumentario bienintencionado, que afina algunos de los apartados más rugosos del marco que estableció el PP en 2012, pero que tardará en dar sus frutos.

“Va a ser necesario un cambio de mentalidad en los empresarios”, advierte Epifanio Alocén, abogado laboralista de Pardo Abogados. “Por mi experiencia he comprobado que los empresarios hacen contratos temporales para dotar de flexibilidad a su actividad y, sobre todo, para probar a los trabajadores. Es una práctica que viene arrastrándose desde la década de los ochenta. Y ahora estas relaciones van a tener que empezar a realizarse con contratos indefinidos”, indica el jurista.

La limitación de las contrataciones temporales, así como el incremento de las sanciones en esta materia tendrán como consecuencia una reducción de la contratación temporal y una conceptualización, con carácter general, del contrato de trabajo como indefinido”, amplía Pablo Mallada, abogado del departamento laboral de Lener Asesores.

El aumento de las cuantías que recoge la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) y que la Inspección de Trabajo impondrá una vez entre en vigor la nueva reforma es una de las cartas que puede acelerar ese cambio de comportamiento demandado, especialmente en aquellas empresas que recurrían a la contratación temporal fraudulenta. “El establecimiento de un recargo en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social si se produce la baja de un trabajador antes de que se cumpla el mes, junto con la determinación de una sanción por cada contrato fraudulento y no una por empresa creo que será, lo que más coto va a poner a los contratos temporales”, señala Eva Olivares, presidenta del Sindicato Estatal de Subinspectores Laborales de Empleo y Seguridad Social (SESLAESS).

Para Santiago Collado, profesor de Derecho del Trabajo y Derecho Civil de la Universidad del País Vasco (UPV), el verdadero impacto de las medidas que dibuja el nuevo marco laboral proviene del hecho de que se hayan acordado de mutuo acuerdo entre Gobierno, sindicatos y patronal. “La reforma del PP no obtuvo el mismo respaldo y los resultados están ahí. Creo que esta ha sido la crónica de una reforma anunciada. Me parece una propuesta equilibrada porque, en principio, se produce un reequilibrio en los procesos de negociación, que era algo que se había perdido”, indica Collado.

La prevalencia del convenio sectorial por encima del de empresa en materia de salarios es contemplado por los expertos como un arma en favor de los trabajadores. “Con esta alteración va a haber muy pocos convenios colectivos de empresa, salvo en empresas importantes, como grandes multinacionales”, valora Alocén. “Lo que se ha pretendido con esta reforma es hacer frente a la precarización del empleo que trajo la anterior, e imponer el convenio sectorial en materia de salarios como barrera creo que sirve para romper con la dinámica que venía produciéndose”, explica Olivares.

Refuerzo del fijo-discontinuo

La potenciación de la figura del contrato fijo-indefinido para aquellos trabajos estacionales es otro de los puntos destacados de la reforma laboral, y junto con la desaparición del contrato por obra y servicio —el principal caladero de la contratación temporal fraudulenta— pretende ser el motor que provoque un cambio de tendencia. “Reduciéndose las posibilidades de contratación temporal e incrementándose los supuestos en los cuales es factible el contrato fijo-discontinuo, así como el incremento del coste de extinguir esta relación, parece que la norma pretende potenciar las relaciones intermitentes (aunque dotadas de cierta estabilidad debido a su recurrencia) frente a las relaciones temporales”, añade Mallada.

“El trabajo estacional es una realidad que tenemos en España. Es la situación cotidiana, por ejemplo, de industrias como la conservera, del campo o de la hostelería”, incide Collado. “Que una persona sepa que al menos va a tener trabajo asegurado durante un tiempo concreto del año refuerza su situación y le da algo más de estabilidad”, añade.

A falta de que el Consejo de Ministros apruebe hoy el texto derivado del diálogo social, y de que la tramitación parlamentaria pueda modificar algunos de sus apartados, los expertos concuerdan en que la necesidad de alcanzar un pacto a tres ha limitado la ambición inicial con la que se plantó la reforma. “Claramente, se ha propuesto una corrección y no una derogación o modificación sustancial”, sentencia Alocén.

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Sobre la firma

Gorka R. Pérez
Es redactor de la sección de Economía y está especializado en temas laborales. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS. Antes trabajó en Cadena Ser. Es licenciado en Periodismo por la Universidad del País Vasco y Máster en Información Económica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

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