Trabajo estudia que los ERE temporales por el coronavirus no consuman tiempo de paro
El secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, señala que su departamento prepara un protocolo con medidas laborales para las empresas afectadas

El ministerio de Trabajo está estudiando medidas para hacer frente al coronavirus en el mercado laboral. Una de ellas es que los trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo temporales en empresas que se vean obligadas a recurrir a ellos no consuman tiempo de prestación contra el desempleo durante el tiempo que tengan el contrato suspendido. No obstante, el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, ha advertido de que todavía es pronto para valorar el impacto que pueda tener en el empleo.
Las medidas que estudian en el departamento que dirige Yolanda Díaz van en dos direcciones. Por un lado, están las dirigidas a las empresas afectadas por el coronavirus por el impacto sobre la salud de sus trabajadores. Para ellas, Pérez Rey ha apuntado que preparan "mecanismos de prevención de riesgos y medidas preventivas” ya que, de momento, no se aprecian efectos y no hay que contribuir a “la alarma”.
Otro supuesto en el que una empresa puede verse afectada por la epidemia es la falta de personal, por el contagio de trabajadores, o la falta de suministro para la producción. En estos casos, puede que una empresa se vea obligada a aplicar un expediente de regulación de empleo temporal (ERTE) suspendiendo los contratos de sus trabajadores. El Estatuto de los Trabajadores ya recoge la posibilidad de aplicar esta medida en circunstancias como la actual.
No obstante, Pérez Rey ha apuntado que Trabajo estaría pensando que el tiempo de prestación por desempleo que los empleados afectados por un ERTE “no compute y le sea repuesto a las personas trabajadores”. Se trataría de “poner el contador a cero”, ha precisado el secretario de Estado.
Estas medidas se añadirían, en el plano laboral, a las que adoptó la semana pasada el Ministerio de Seguridad Social. El departamento que dirige José Luis Escrivá emitió un criterio por el que las cuarentenas preventivas serían consideradas como una situación de incapacidad temporal o, lo que es lo mismo, una baja laboral.
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