Las ‘big four’, al asalto de los bufetes
Una operación de EY evidencia como las consultoras ansían crecer en el sector de los servicios jurídicos
La carrera de las principales empresas de consultoría para hacerse con una parte del mercado de la abogacía ha dado un significativo paso adelante este mes de agosto. El pasado día 7, EY, una de las cuatro grandes del sector (las Big Four), anunció la adquisición de Riverview Law, una joven firma británica que ha destacado por su novedosa forma de prestar servicios jurídicos.
Si bien no es la primera vez que una consultora adquiere un despacho de abogados, el especial interés de este caso radica en las particulares características de la firma adquirida. Los servicios de Riverview Law se dirigen a los departamentos jurídicos de empresas y se centran en lo que el analista británico Richard Thomas denomina “trabajo legal primario”. Es decir, aquel de tipo repetitivo y bajo valor añadido, como la revisión de grandes volúmenes de documentos, típico de los procesos de due dilligence (examen de la situación legal de otra empresa), que generalmente son realizados por equipos de abogados junior o por asistentes paralegales, en departamentos específicos dedicados a esas tareas.
Para ejecutar esas tareas y otras relacionadas de una forma ágil, eficiente y económica, Riverview utiliza una plataforma tecnológica denominada Kim. Y eso no es todo. Como afirma Allan Carton, director de la consultora de negocios Inpractice, Riverview estaría aprovechando las posibilidades que ofrece su gran capacidad de análisis de datos de sus clientes para identificar nuevas necesidades de los mismos y, con ello, nuevas oportunidades de negocio para el bufete.
Un mal precedente
Frente a los que vaticinan una revolución en el mercado legal, Eva Bruch pide cautela. "Habrá que ver si EY está preparado para una entrada global en el sector jurídico", advierte, porque "sus raíces están en la auditoría y la consultoría, y, por tanto, su modelo de negocio está estrechamente vinculado al modelo de negocio de las Big Four y no al jurídico". Apoya sus recelos en una operación similar, como la adquisición de la firma Conduit Law por parte de Deloitte, y "en la que la magia no llegó a producirse". "Aunque en este caso los actores son distintos y el modelo de negocio de Riverview Law es distinto al de Conduit Law, los motivos que provocaron el fracaso de esa operación pueden repetirse", concluye.
Por ello, lo relevante de esta adquisición es, según destaca Richard Thomas, que las grandes consultoras, buenas conocedoras de la actividad, procesos y necesidades de las empresas con las que trabajan gracias a su estrecha relación con las mismas, han descubierto la gran oportunidad que les ofrece la tecnología de atender una necesidad legal de sus clientes, por medio de los sistemas de automatización de procesos y el aprovechamiento de la inteligencia artificial.
Una oportunidad
El movimiento de EY habría puesto de manifiesto que las consultoras parecen claramente decididas a aprovechar la oportunidad que les presenta este momento. Y, en ese camino, los perjudicados serán los despachos de abogados que no puedan alcanzar ese nivel de oferta de servicios y precios.
En palabras de Mark Cohen, autor del post especializado en el sector jurídico Legal Mosaic, “el concepto de proporcionar servicios legales ha cambiado”, ahora se engloba bajo una definición más amplia, funcional e interdisciplinar. “Lo legal ya no está limitado a lo que hacen los abogados. En la actualidad el Derecho es una combinación de letrados y tecnología, con nuevos jugadores y nuevos modelos estructurales y económicos”.
Como destaca Javier Fernández-Samaniego, socio director de Samaniego Law, “todas las consultoras necesitan de talento del sector legal tradicional y por eso es lógico que, además de su crecimiento vía integración de abogados o despachos, tengan a los proveedores alternativos de servicios legales (ALSP, en sus siglas en inglés) como un objetivo, ya que les ayudan a entrar o reforzarse con estructuras mental, organizativa y humanamente ya adaptadas al nuevo entorno y la prestación de esos nuevos servicios”.
En este contexto, añade, las Big Four están siendo las “más rápidas y mejor posicionadas” para prestar muchos servicios que, hace unos años, eran monopolio de los despachos de abogado tradicionales, además de “muchos otros nuevos servicios, como el compliance (o cumplimiento) penal, laboral, financiero y de protección de datos, que exigen habilidades multidisciplinares”.
¿Qué incidencia tiene el movimiento de EY en España? Según la socia de la consultora especializada en el sector legal AlterWork, Eva Bruch, “teniendo en cuenta que el nuestro es el país donde las Big Four tienen un mayor índice de penetración en el mercado jurídico, creo que esta operación es un importante aviso a navegantes”.
Esta experta asegura que los despachos han estado sumidos en la autocomplacencia durante muchos años y por eso parten con desventaja respecto a los proveedores alternativos de servicios jurídicos. Estos últimos nacieron con un determinado modelo de negocio, lo que les permite ofrecer unos precios cerrados a sus clientes, mientras que los primeros deben adaptar el suyo para acercarlo al de los primeros. Y cambiar no es fácil ni rápido y menos para las grandes superestructuras que son hoy en día los grandes bufetes.
Sin embargo, a favor de estos Bruch admite que algunos están dando pasos en la dirección correcta y, además, hay varios factores que juegan a su favor. En particular, destaca el patrón de contratación de los servicios jurídicos por parte de las empresas españolas, que en su opinión, es “muy claro” y puede dificultar el éxito de esta iniciativa. Esta tendencia incluye factores tan importantes como una marcada resistencia al cambio de abogado en la mayoría de casos comodidad, por el peso de unas relaciones personales entre empresas y despachos establecidas a lo largo del tiempo o por el elevado coste de oportunidad. Otro elemento es el factor marca, que hace que el prestigio de una firma reconocida siga pesando mucho como circunstancia determinante de compra en las grandes empresas. Y todo ello sin olvidar la incompatibilidad de funciones entre la auditoría y la asesoría legal.
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