¿Qué permisos de maternidad y paternidad disfrutarán Montero e Iglesias?
El nacimiento de sus hijos ha tenido lugar dos días antes de la entrada en vigor de la ampliación a 5 semanas del permiso de paternidad. Ambos acumularán a las 18 semanas por parto doble el periodo de tiempo en que sus hijos permanezcan ingresados

La Seguridad Social tiene previsto la situación de parto prematuro, en la que el neonato debe permanecer hospitalizado durante días, semanas o el tiempo que se considere necesario para la maduración de sus órganos. Se considera que un nacimiento es prematuro cuando el bebé nace antes de completar 37 semanas de embarazo.
Con carácter general el permiso de maternidad o baja por maternidad tiene una duración de 16 semanas que deben disfrutarse sin interrupciones, salvo en el casos de hospitalización. No obstante, si se trata de un parto múltiple, el permiso se amplía en 2 semanas más por cada hijo, a partir del segundo.
En los casos de parto prematuro o cuando el neonato precise hospitalización tras el parto, el descanso por maternidad podrá interrumpirse y después reanudarse (junto con el subsidio correspondiente) una vez que se haya completado el periodo de descanso obligatorio para la madre (6 semanas tras el parto). La madre podrá reanudar el permiso por maternidad a partir de la fecha del alta hospitalaria del bebé. No se interrumpirá el subsidio si durante el período de percepción del mismo se extingue el contrato o se produce el cese de la actividad.
Además, si la hospitalización tiene una duración superior a 7 días, el permiso podrá ampliarse en tantos días como el neonato permanezca hospitalizado a continuación del parto, con un máximo de 13 semanas adicionales (esta ampliación se disfrutará aunque se haya interrumpido el disfrute del permiso por voluntad de la madre).
Este periodo adicional de disfrute del permiso, si bien corresponde a la madre, puede optarse por que sea disfrutado por el otro progenitor, si reúne los requisitos necesarios. Se tienen en cuenta también los ingresos hospitalarios que el bebé pueda sufrir durante los 30 días siguientes a su nacimiento.
En el caso de Pablo Iglesias e Irene Montero, al tratarse de mellizos, se pueden acumular al periodo que les corresponda por hospitalización de los bebés tras el parto, la ampliación de 2 semanas más. No obstante, no es posible acumular los períodos de hospitalización de cada uno de los hijos cuando ambos estén simultáneamente ingresados.
¿Y qué hay del otro progenitor?
En la actualidad, una vez publicada la medida en la Ley Presupuestos Generales del Estado para 2018, los padres pueden disfrutar de cinco semanas de permiso. El resto del periodo de descanso, salvo las 6 semanas inmediatamente posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, podrá ser disfrutado únicamente por la madre o, a opción de ésta, también por el otro progenitor en el caso de que ambos trabajen.
Si la madre, tras el periodo de descanso obligatorio opta por ceder el tiempo restante de permiso al otro progenitor, sera este quién podrá percibir el subsidio correspondiente. Además, el otro progenitor podrá disfrutar del periodo de descanso cedido aunque la madre esté en situación de incapacidad laboral cuando llegue la fecha de reincorporarse al trabajo.
Esta cesión puede ser revocada por la madre en el caso de accidente, enfermedad, o ausencia del otro progenitor.
La norma también prevé que en el caso de reconocerse un subsidio por riesgo durante la lactancia natural y si ambos progenitores comparten los períodos de descanso, dichbo subsidio no procederá hasta que no se hayan agotado totalmente dichos períodos, cualquiera que fuere el progenitor que los disfrute.
Debe tenerse en cuenta también que en caso de disfrute simultáneo de los períodos de descanso, la suma de los mismos no podrá exceder de las 16 semanas o de las que correspondan en los supuestos de ampliación.
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