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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Cualificación financiera

Los profesionales que informan posean los necesarios conocimientos y competencias

Las profundas heridas que ha generado en Europa (y especialmente en nuestro país) la mayor crisis financiera y bancaria en casi un siglo han desembocado en una auténtica catarsis regulatoria. Con ella se ha tratado de sentar las bases para que una crisis de tal calibre no vuelva a ocurrir, y en su caso existan suficientes antídotos para que el impacto de las heridas sea mucho menor.

Dos son los ámbitos en los que dicha eclosión reguladora se ha materializado. Por un lado, se han orientado al reforzamiento de la posición financiera de las entidades —solvencia y liquidez— así como al de su gobierno corporativo. Se ha pretendido mejorar líneas de defensa para enfrentarse a crisis financieras futuras, sin provocar tan ingentes necesidades de capitalización pública como las de la reciente crisis. Junto a ello, y con no menos relevancia, la nueva regulación trata de prevenir el otro gran “destrozo” de la crisis: el perjuicio a los inversores, y en general a los consumidores de servicios financieros, lo cual a su vez ha provocado un importante daño reputacional a un sector, el financiero y especialmente el bancario, cuya razón de ser descansa precisamente en la confianza.

Por esta razón, junto a las exigencias de solvencia, la otra gran eclosión reguladora en Europa tiene que ver con la restauración de esa confianza en los usuarios de servicios financieros. El buque insignia de la misma ha sido la Directiva de Mercados e Instrumentos Financieros, conocida como MIFID-II. La mencionada directiva exige a las entidades garantizar que a sus clientes inversores se les provee con información clara y relevante sobre los productos y servicios de inversión, así como que los productos que se les ofrece en cada momento son los que mejor se adecúan a sus necesidades financieras y objetivos de inversión.

A tal efecto, el artículo 25 de la citada MIFID-II establece la exigencia de que las entidades aseguren y demuestren que todos los profesionales que asesoran y/o informan a clientes sobre instrumentos y servicios de inversión poseen los necesarios conocimientos y competencias, delegando en la Autoridad Europea de Mercados de Valores (ESMA) la concreción de esas exigencias.

En respuesta a ese mandato, ESMA publicó el pasado mes de diciembre una circular con unas directrices suficientemente claras en cuanto a que los profesionales, independientemente de su experiencia, deben acreditar una formación adecuada para la actividad que realizan, y además dicha formación debe ser objeto de actualización permanente.

El impacto en el sector bancario, asegurador, y de prestación de servicios financieros en general, es bien relevante, ya que afecta a todos los empleados y profesionales bancarios y de servicios financieros que mantengan trato directo con los clientes, tanto si les asesoran como si se limitan a informarles sobre productos de inversión y servicios auxiliares.

Probablemente dichas exigencias de formación no sean suficientes para impedir la aparición de nuevas crisis financieras, pero al menos los usuarios de servicios financieros se enfrentarán a ellas con una mejor información, y que las entidades cuenten con la satisfacción de que han prestado a sus clientes un mejor servicio.

Angel Berges es miembro del Grupo Consultivo de ESMA. Mónica Guardado es directora General de Afi Escuela de Finanzas.

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