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Competencia dice que el reparto de derechos del fútbol no es objetivo

La CNMC entiende que debe atender a criterios de ingresos por taquilla en lugar de la implantación social

Messi celebra su gol contra el Atlético.
Messi celebra su gol contra el Atlético.Víctor Lerena (EFE)

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha aprobado un informe en el que plantea una batería de objeciones al decreto-ley que aprobó el Gobierno el pasado abril para la venta conjunta de los derechos televisivos del fútbol. La más importante es que en lugar del reparto de ingresos sobre criterios de "implantación social" a partir de estudios de mercado, esa implantación  "debería calcularse sobre variables objetivas y verificables como la recaudación en abonos y taquilla".

El regulador señala en el informe que "a pesar de las ventajas que puede presentar este modelo (generación de eficiencias, comercialización de una marca global del campeonato, solidaridad financiera entre equipos)", se debería haber introducido más garantías de competencia y criterios más "objetivos" en el reparto a los clubes de los ingresos de las televisiones.

Competencia también entiende que "se deben evitar posibles tratamientos diferenciados de los clubes sobre el cobro de deudas por parte de las Administraciones Públicas". Aboga por que los ingresos obtenidos por los derechos audiovisuales se dediquen "de forma obligatoria, preferente

y en un plazo perentorio, a saldar dichas deudas". "Esta obligación debería primar sobre cualquier otra utilización (por ejemplo, gastos en fichajes de nuevos jugadores)", subraya.

Por otra parte, opina que las compensaciones que deben realizar los clubes a la Liga (del 1%) y a la Federación Española (del 1%) deberían guiarse "por un criterio de orientación a costes para que no haya incentivos a pérdida de eficiencia".

Otra objeción que apunta la CNMC es que el fondo de compensación (del 3,5%) para los equipos que descienden de categoría "podría alterar el libre juego de la competencia económica y deportiva porque estos equipos ya cuentan, generalmente, con mayores ingresos que sus nuevos compañeros de categoría".

El regulador reconoce que el decreto-ley ha incorporado algunas de sus recomendaciones al Gobierno sobre este sector, como la de limitar la duración de los contratos de explotación y comercialización de los derechos audiovisuales a un máximo de tres años y que se evita que un

solo operador acapare los derechos de los diferentes productos comercializables.

La CNMC también valora que para evitar situaciones de fraude en el reparto de los ingresos, se tendrá en cuenta el puesto en la clasificación alcanzado por el club en cada temporada, en vez de asignar un porcentaje en función del tramo, porque "esto dará incentivos económicos a los equipos para que compitan aún en mayor medida hasta el final de temporada".

Sobre la filosofía del decreto, la CNMC recuerda que su postura es que la venta conjunta de los derechos "supone un acuerdo horizontal entre competidores con el principal efecto de fijar el precio" y "en principio, esta fórmula está prohibida por la normativa nacional y comunitaria

de competencia". Sin embargo, reconoce que la Comisión Europea considera que presenta determinadas eficiencias y mejoras para el bienestar del consumidor, que permiten que se recurra a ella y "en consecuencia, el Gobierno podría estar legitimado jurídicamente para establecer dicho

sistema en España".

La CNMC considera que en el caso español, el sistema de venta de derechos conjuntos es de "difícil justificación" desde el punto de vista de la competencia frente al sistema vigente hasta ahora. "Por ello, a pesar de que el modelo que plantea el Real Decreto-Ley podría representar ciertas mejoras, siempre que se confirmen las eficiencias alegadas, convendría que fuesen evaluadas bajo los principios de necesidad y proporcionalidad", añade el informe.

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