Bankia, condenada a devolver 116.000 euros a un preferentista por no informarle
Un juez de Madrid ha condenado a Bankia a devolver los 116.000 euros que un hombre de 83 años, ya fallecido y con dos hijos discapacitados, invirtió en preferentes de Caja Madrid, al concluir que no fue informado debidamente de las características del producto.
En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el titular del Juzgado de Primera Instancia número 49 de Madrid asegura que "lo esencial y determinante es que el gestor no le asesoró ni le manifestó que el producto podía tener un carácter perpetuo" y en cambio sí lo hizo sobre su rentabilidad o tipo de interés, "elementos accidentales, que no nucleares".
La resolución recuerda que el inversor "era persona de avanzada edad con dos hijos (...) con graves discapacidades físicas y psíquicas (...) y en consecuencia aquel tenía la normal previsión de invertir en productos seguros y difícilmente con las características de 'perpetuidad' y volatilidad que tenían las participaciones preferentes de Caja Madrid en el año 2009".
"El error en el que (el comprador) incurrió, motivado e inducido por la entidad financiera, supone una representación falsa sobre la adecuación del objeto a la finalidad contractual perseguida", dice el juez en la sentencia, que se puede recurrir.
Según el magistrado, el inversor "obtuvo una nula información de la entidad financiera acerca de las características del producto que adquirió, sin que le mencionaran el carácter perpetuo y las peculiaridades de la transmisión", por lo que declara nulo el contrato y condena a la entidad a devolver los 116.000 euros, más los intereses legales.
La sentencia señala que el preferentista -fallecido en abril de 2011- tenía 83 años en el momento de firmar el contrato, y que de sus dos hijos uno está en situación de incapacidad permanente absoluta por enfermedad psíquica desde el año 2000 y la otra una minusvalía del 70 % por trastorno de personalidad.
La entidad bancaria, por su parte, alegó que la familia ya había comprado preferentes en 2004 y que, "satisfecha", optó por hacer lo mismo en 2009, y añadió que cumplió con sus obligaciones, entre ellas la realización del test de conveniencia.
También señaló que las minusvalías de los hijos del preferentista "no implican incapacidad civil o jurídica".
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