La Audiencia Nacional anula los 476 despidos de Roca en Madrid y Sevilla
La empresa deberá readmitir a 249 personas en Alcalá de Henares y 227 en Alcalá de Guadaira pero anuncia un nuevo ERE La sentencia reconoce que se vulneró el derecho a la libertad sindical porque la compañía pretendió obligar a los representantes de los trabajadores a ser "ejecutores" de sus compañeros
La Audiencia Nacional ha declarado nulo el expediente de regulación de empleo (ERE) por el que Roca Sanitarios cerró la fábrica sevillana de Alcalá de Guadaira y despidió a sus 249 trabajadores y a otros 227 en la factoría de Alcalá de Henares (Madrid), el pasado marzo.
Los sindicatos CC OO y UGT impugnaron el ERE al entender que se había vulnerado el derecho a la libertad sindical porque se "les conminó a activar el despido de trabajadores de la sección de bañeras de Alcalá", que no estaban afectados por el ERE, si los miembros del comité de empresa de Sevilla querían ejercer su derecho de preferencia de permanencia en la empresa.
La sala de lo Social de la Audiencia Nacional considera que en efecto se vulneró dicho derecho, "que no es un privilegio" sino una "garantía de los representantes de los trabajadores" que les permite negociar sin la presión de saberse afectados, y por otra parte asegura que los trabajadores mantienen a sus representantes tras los despidos. La nulidad del ERE implica que la empresa tiene que readmitir a todos los trabajadores, pero Roca anuncia que renunciará a recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo y presentará un nuevo ERE subsanando los defectos que determinaron la nulidad.
Tanto la inspección de trabajo como el ministerio fiscal apoyaron las alegaciones de los sindicatos. La sentencia de la Audiencia Nacional considera que al cerrarse la factoría de Sevilla la empresa no estaba obligada a dar a los miembros del comité el derecho de permanencia, pero al hacerlo vulneró el derecho a la libertad sindical ya que les colocó en una situación "peculiar" que les restó "manifiestamente objetividad" y les "quitaba cualquier credibilidad" ante sus compañeros.
"Si optaban por la permanencia en un centro que nunca les eligió", el de Alcalá de Henares, perjudicaban a los trabajadores de dicho centro cuyos puestos no estaban en cuestión, añade la sentencia.
"Ejecutores de sus compañeros"
La sentencia considera que también se vulneró el derecho a la libertad sindical de los representantes de los trabajadores de la fábrica de Alcalá de Henares (donde permanecieron acampados los empleados cuatro meses en protesta por el ERE). Entiende que se les colocó en la disyuntiva de "proteger sus puestos de trabajo o imponer el despido de otros trabajadores cuyos puestos no estaban en cuestión" salvo en el caso de que los miembros del comité de Sevilla optasen por la recolocación en Madrid.
La disyuntiva vulnera el derecho fundamental a la libertad sindical como estableció el Tribunal Constitucional en la sentencia 40/85 "porque es la empresa y no los representantes de los trabajadores quien tiene que tomar la decisión de despedir", porque de lo contrario les coloca como "ejecutores de sus propios compañeros".
Lo que debería haber hecho la empresa, concluye, era especificar qué puestos de bañeras había que amortizar en Alcalá de Henares para asegurar la recolocación de los miembros del comité sevillano, alegando en este caso causas organizativas para despedir a esos trabajadores de Madrid.
Los sindicatos han recibido la sentencia con gran alegría. Juan Carlos Álvarez Liébana, secretario de Política Industrial de CC OO, considera que el fallo de la Audiencia Nacional es “ejemplar y ejemplarizante” y destaca que la vulneración de los derechos de los representantes de los trabajadores repercute en todos los empleados. Para Mariano Hoya, secretario general de la federación de Industria de UGT Madrid considera que la sentencia hace a los trabajadores “un poquito más fuertes” en tiempos “muy duros” y pone en su sitio a las empresas que pretenden hacer “chantaje” a los comités de empresa.
Los políticos también expresaron su satisfacción por la sentencia. El presidente del PP de Andalucía, Juan Ignacio Zoido, reiteró el "máximo apoyo” a los trabajadores y dijo que cualquier decisión "debe ser consensuada con los trabajadores y tener como objetivo el mantenimiento del centro de Roca en Alcalá de Guadaíra". El alcalde de Alcalá de Henares, Javier Bello, del PP recibió la noticia con “satisfacción y y esperanza" la sentencia que "da la razón a los trabajadores y a todos los que, como el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, han dicho que Roca no ha querido negociar".
Roca por su parte considera que la sentencia "sorprende y desconcierta" tanto a la empresa como a los trabajadores que firmaron un acuerdo individual, el 67% sobre el total de los despidos, según la compañía. El consejero delegado del Grupo Roca, Ramón Asensio, afirma que la sentencia "agrava todavía más la situación productiva de la operación española en su conjunto" y entiende que la misma reconoce las causas económicas en las que se apoyó el ERE. En su opinión "la reforma laboral que entró en vigor en febrero del año pasado y cuyo reglamento no se aprobó hasta el mes de octubre, ha demostrado una dificultad de aplicación que obliga a las empresas a asumir el coste de aprendizaje del sistema".
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