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FISCALIDAD NOVEDADES

2013 dice adiós a la deducción por vivienda e incorpora tributar por la lotería

Trabajadores de la administración de lotería de la calle Gabriel Lobo, 7, en Madrid, celebran la venta de un décimo del 76058, agraciado con el premio gordo en el Sorteo Extraordinario de Navidad de este año. EFE/Archivo
Trabajadores de la administración de lotería de la calle Gabriel Lobo, 7, en Madrid, celebran la venta de un décimo del 76058, agraciado con el premio gordo en el Sorteo Extraordinario de Navidad de este año. EFE/ArchivoEFE

2013 contará con dos novedades fiscales importantes como son la supresión de la deducción por compra de vivienda y la tributación del 20 % en el IRPF para los premios de las loterías superiores a 2.500 euros.

Así, y debido a las recomendaciones de la Unión Europea, desde el 1 de enero de 2013 desaparecerá la deducción por adquisición de vivienda, después de que el Gobierno la recuperara el 30 de diciembre del año pasado.

Además, se aplicará un IVA del 10 % a la compra de vivienda nueva, frente al 4 % actual.

Por otra parte, el Gobierno ha establecido un tipo del 20 % en el IRPF para los premios superiores a 2.500 euros de las loterías del Estado, comunidades autónomas, Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), Cruz Roja Española y entidades análogas europeas.

De esta forma, el premio se integra en la declaración de la renta, pero sin incluirse en la base imponible del IRPF, por lo que no afecta al establecer los mínimos para acceder a cualquier ayuda pública (becas o prestaciones sociales).

El impuesto no requiere presentar declaración, ya que se devenga en el momento en que se abone el premio con la retención que aplicará la entidad organizadora del sorteo.

La retención del 20 % se hará por la parte del premio que exceda de 2.500 euros, de manera que si el total es 10.000 euros, sólo se tributará por 7.500 euros, de los que Hacienda se queda la quinta parte (1.500 euros).

La ley que entra en vigor el 1 de enero permitirá descontar las pérdidas del juego de las ganancias obtenidas en el ejercicio, lo que permitirá reducir la carga tributaria sobre los premios.

Asimismo, Hacienda ha creado un impuesto estatal -en principio del 0 %, aunque estudia subirlo- sobre los depósitos en las entidades de crédito desde el 1 de enero, "con el fin de garantizar la unidad de mercado y evitar que cada autonomía pueda tener una tasa propia, como ya ocurre en Extremadura, Canarias y Andalucía".

Hacienda ha indicado que el tributo lo deben pagar las entidades financieras y añade que estarán exentos el Banco de España, el Banco Europeo de Inversiones, el Banco Central Europeo y el Instituto de Crédito Oficial.

Otra de las novedades es que las indemnizaciones por despido superiores al millón de euros no podrán ser deducidas por las empresas en el impuesto de sociedades ni por los empleados en el IRPF.

Si la indemnización supera el millón de euros el empleado no podrá aplicar la reducción del 40 % por ninguna cuantía, ni siquiera por los primeros 300.000 euros como hasta ahora.

Si la indemnización es inferior a 700.000 euros, podrá aplicar como ahora la reducción del 40 % hasta los 300.000 euros y el resto irá al tipo marginal del contribuyente.

Si está comprendida entre 700.000 y el millón de euros, ese límite actual de 300.000 euros sobre el que se aplica la reducción del 40 % se minorará en la diferencia entre la cuantía de esa indemnización y 700.000 euros.

También en 2013 se prorroga el impuesto sobre patrimonio, que se restableció para 2011 y 2012, y se limita para las grandes empresas la deducción por amortización al 70 %.

Asimismo, para penalizar fiscalmente los movimientos especulativos en la base imponible del ahorro, sólo se incluirán las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales que hubieran permanecido en el patrimonio del contribuyente durante más de un año.

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